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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (28/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de febrero de 2009 391637 Que, por su parte el Asesor Legal, a través del Informe Legal Nº 010/2008-AL, en base al análisis de orden jurídico, considera viable la exoneración del Proceso de Selección para Alquiler de Maquinaria Pesada. Que, es plausible la exoneración del Proceso de Selección las Contrataciones, cuando éstas revistan Situaciones de Emergencia o de Desabastecimiento Inminente, como exige el Art. 19º, 20º y 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, concordante con los Arts. 129º, 133º y 134º del D.S. Nº 184-2008-EF. Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado. En el presente caso, se encuentra plenamente demostrado el Desabastecimiento Inminente de Maquinaria Pesada en la Zona y en la Región, agravado por la crecida del río Chancay – Huaral y la obra de la carretera Huando–Palpa, precedentemente descrito. Con voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, de conformidad a las normas establecidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de las facultades de Autonomía Política, Económica y Administrativa, conferidas por mandato Constitucional. ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR Y EXONERAR el Proceso de Selección, por la causal de Desabastecimiento Inminente, para alquiler de Maquinaria Pesada, para la obra “MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA TRAMO SEÑOR DE LOS MILAGROS – TRES ESTRELLAS, DISTRITO DE AUCALLAMA”, a ejecutarse por la Municipalidad Distrital de Aucallama con fondos provenientes, suscritos del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Distrital de Aucallama – Convenio Nº 082-2008-GRL, por un monto total de: ITEM DESCRIPCION UNID. CANT. MONTO S/. TIPO DE PROCESO 1.00 EXCAVADORA CAT 325 BL HM 160.00 40,621.12 ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA 2.00 MOTONIVELADORA CAHMPION 175 HP HM 160.00 31,990.08 ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA 3.00 RODILLO VIBRATORIO DE 11 Tn. HM 140.00 10,528.00 MENOR CUANTIA 4.00 VOLQUETES DE 15 m3 HM 168.00 25,704.00 ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA 5.00 CISTERNA DE 2500 Glns. HM 140.00 21,420.00 ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA 6.00 CARGADOR FRONTAL HM 250.00 11,250.00 MENOR CUANTIA En base a los considerandos precedentes. Artículo 2º.- AUTORIZAR la contratación en forma directa de maquinaria pesada en alquiler, cuyas propuestas cumplan con las características y condiciones establecidas en los requerimientos. Artículo 3º.- INCLUIR el presente proceso, en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Aucallama, expidiéndose la resolución presente. Artículo 4º.- EL PRESUPUESTO para la adquisición y contratación de los servicios indicados corresponde a fondos provenientes, suscritos del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Distrital de Aucallama – Convenio Nº 082- 2008-GRL, de fecha 22 de octubre del 2008. Artículo 5º.- DISPONER Y ENCARGAR a la Secretaría General de esta Municipalidad, la publicación del presente dispositivo en el Diario Ofi cial El Peruano, así como publicar a través del SEACE, de igual forma remitir la información a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión y aprobación. Dado en la Municipalidad Distrital de Aucallama, el 13 de febrero de 2009. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. PEDRO F. SALGUERO DULANTO Alcalde 317363-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de bienes para el mantenimiento y reparación de maquinaria pesada de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2009-MDA Aucallama, 13 de febrero de 2009 VISTOS, por el Concejo Municipal de Aucallama, en Sesión Extraordinaria de fecha, 12 de febrero de 2009; bajo la presidencia del Alcalde PEDRO FELIX SALGUERO DULANTO, la asistencia de los Regidores Señores: Roberto Villanueva Martínez, Rosario Rique Torres, Vicente Narvarte Llanos, Carmen Remicio Chirito, y Moisés Suárez Lugo. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias. La Autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo establece el art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. El Art. 39º del mismo cuerpo de Leyes, precisa que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Que, dentro del marco de la Ley de Contrataciones del Estado – Decreto Legislativo Nº 1017, en su Art. 22º establece que la situación de desabastecimiento, es aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible, en la que la ausencia de determinado bien, servicio u otro, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, lo que resulta concordante con el Art.129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. La situación de desabastecimiento inminente se confi gura en el Art.22º de la Ley por cuanto la necesidad de los bienes, servicios, u obras debe ser actual e imprescindible para atender los requerimientos inmediatos. Que, es de aplicación el inciso e) del Art. 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, sobre exoneración de procesos de selección cuando las contrataciones que se realicen exista proveedor único de bienes y servicios que no admiten sustitutos, o por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor. Que, la Municipalidad Distrital de Aucallama, cuenta con una maquinaria pesada, Cargador Frontal de 145 Hp, la misma que viene prestando servicios a favor de la comunidad del distrito, y por consiguiente es herramienta esencial para la ejecución de la obra: Que, en el presente ejercicio económico, se ha dispuesto asignar los gastos correspondientes de Adquisición de Bienes de Mantenimiento y Reparación de Maquinaria Pesada, Cargador Frontal 145 HP Caterpillar. Asimismo, en el Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Distrital de Aucallama - Convenio Nº 082-2008-GRL de fecha 22 de octubre del 2008, se asumió el compromiso prestar en óptimas condiciones de mantenimiento el Cargador Frontal 145 HP en cesión de uso, a efectos de asegurar la ejecución de las obras en benefi cio de la población. Que, en virtud a lo señalado anteriormente la Municipalidad Distrital de Aucallama a la fecha requiere el abastecimiento inmediato de Adquisición de Bienes de Mantenimiento y Reparación de Maquinaria Pesada para su operatividad, de tal manera que se pueda garantizar la ejecución de las obras de infraestructura que tiene a su cargo la Municipalidad para el cumplimiento de los