Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2009 (28/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

391626

NORMAS LEGALES
Impuestos y gastos (Pasajes) Tarifa CORPAC

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de febrero de 2009

Normas Internacionales de Informacion Financiera (NIIF), el MORDAZA legal de las normas contables aplicables por las empresas supervisadas, la preparacion de informacion financiera consolidada en base a las NIIF, el impacto en el capital regulatorio de los efectos patrimoniales por armonizacion a NIIF, entre otros, habiendo expresado MORDAZA instituciones su conformidad para que un grupo de funcionarios de esta Superintendencia realicen tal actividad; Que, por ser de interes para la Institucion, se ha considerado conveniente designar en esta oportunidad, a la senora MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Supervisor Principal de Banca del Departamento de Evaluacion Bancaria "A" de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que participen en las referidas pasantias, quienes, asimismo, forman parte del grupo de trabajo tecnico de la Comision de la SBS encargada del MORDAZA de armonizacion de la normativa contable de la SBS con las normas internacionales de informacion financiera (NIIF); Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciendose en el Numeral 4.2.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interes para la institucion; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en las citadas pasantias, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID ATN/ME10449-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 1495-2009 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBSDIR-ADM-085-12; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Zaldivar MORDAZA, Supervisor Principal de Banca del Departamento de Evaluacion Bancaria "A" de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica de la SBS, a las ciudades de Brasilia y Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil del 28 de febrero al 07 de marzo de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID ATN/ME-10449-PE, debiendo asumir esta Superintendencia, unicamente, los costos por concepto de impuestos, gastos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle:

US$ US$

556,26 60,50

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 317735-1

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para el traslado de recaudaciones de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA VALDIZAN RESOLUCION Nº 0186-2009-UNHEVAL-R. Cayhuayna, 16 de febrero de 2009. Vistos los documentos que se acompanan en dieciocho (18) folios; CONSIDERANDO: Que el Jefe de la Oficina de Logistica, con el Oficio Nº 066-2009-UNHEVAL-J-OL, del 06.FEB.2009, manifiesta que estando incluido en el Plan Anual de Adquisiciones 2009 el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para el traslado de recaudaciones Oficina de Tesoreria por el monto de S/. 22,944.90 nuevos soles en el mes de enero del presente ano; y visto el Oficio Nº 015-2009-UNHEVAL-OT-UI, de la Jefe de la Unidad de Ingresos y el Oficio Nº 080-2009-UNHEVALDOGA/OT-J, se advierte que se requiere con urgencia la contratacion de una empresa juridica por servicios no personalisimos de acuerdo al Art. 132º del Reglamento de Contrataciones del Estado y el Art. 20º y 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado con D.L. Nº 1017; Que el Vicerrector Administrativo, con la Hoja de Envio Nº 0829, del 06.FEB.2009, remite el expediente al Rector, para su atencion previo sustento tecnico y legal; Que la Asesora Legal, con el Informe Nº 100-2009UNHEVAL-AL, del 11.FEB.2009, manifiesta que de conformidad con el Art. 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece: estan exonerados del MORDAZA de seleccion los servicios personalisimos asimismo el Art. 132º primer parrafo del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece; cuando exista un requerimiento de contratar servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas..., en el presente caso se hace necesario y urgente contratar a una empresa para que brinde el servicio de caudales, debiendo en este caso encargarse a la Direccion General de Administracion a efectos de que cumpla con evaluar a las empresas prestadoras de servicios de traslado de caudales conforme a lo establecido en el Art. 132º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, por lo que se opina que se exonere el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion de una Empresa para el traslado de las recaudaciones que realiza la Oficina de Tesoreria por el monto de S/. 22,944.90 nuevos soles, se encomiende a la Direccion General de Administracion adopte las acciones complementarias para la contratacion de las empresas, debiendo tener cuenta lo dispuesto en el Art. 132º del Reglamento de contrataciones del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.