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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de julio de 2009 399357 031-2008-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación Apruébase el Reglamento de los Fondos Concursables del Ministerio de Agricultura, el cual consta de dos (2) títulos, y veintinueve (29) artículos. El Reglamento de los Fondos Concursables del Ministerio de Agricultura, será publicado en el Portal Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe). Artículo 2º.- Normas complementarias Mediante Resolución del Ministerio de Agricultura se establecerán las normas complementarias necesarias para la mejor aplicación de la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 374958-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Conforman Comité encargado del seguimiento de las inversiones que lleva a cabo el MINCETUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2009-MINCETUR/DM San Isidro, 14 de julio de 2009. CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno implementar medidas orientadas a reducir los efectos de la crisis internacional, entre las cuales se encuentran aquellas destinadas a mantener el dinamismo de la economía del país, mediante el incentivo a la inversión pública, con el fi n de acelerar y concluir la ejecución de los proyectos, posibilitando así la generación de oportunidades de desarrollo e impulsando el aparato productivo del país: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR tiene en ejecución diversos proyectos, a través de los sectores comercio exterior y turismo y del Plan COPESCO Nacional, el que ejecuta los proyectos de inversión contemplados en el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico, fi nanciado con el Fondo de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, en concordancia con la política nacional del Gobierno, es necesario designar a nivel interno un Comité encargado del seguimiento de las inversiones que lleva a cabo el MINCETUR, a fi n de lograr que cumplan sus objetivos en los plazos programados, mediante una ejecución efi caz y efi ciente; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar el Comité encargado del seguimiento de las inversiones que lleva a cabo el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual estará integrado por: - El Viceministro de Turismo, quien lo presidirá, - El Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, - La Secretaria General, - El Director General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo, - La Directora General de Administración, - La Directora Ejecutiva de Plan COPESCO Nacional, - La Directora Nacional de Artesanía, - El Director Nacional de Desarrollo de Comercio, y, - El Coordinador General del Proyecto de Rehabilitación y Reordenamiento del Valle de Vilcanota. Artículo 2º.- El Comité informará al Titular del Sector, por lo menos una vez al mes y en las oportunidades que el Titular lo requiera, el estado de ejecución de los proyectos de inversión y sus avances, y está facultado para adoptar y/o recomendar las medidas necesarias a fi n de impulsar los proyectos y lograr sus objetivos en los plazos programados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 374848-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifica Decreto Supremo N° 178- 2002-EF que autoriza la realización de sorteos de comprobantes de pago a nivel nacional DECRETO SUPREMO N° 158-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 178-2002-EF se autorizó la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional y se aprobaron las Bases correspondientes; Que se ha visto por conveniente continuar con la realización de los Sorteos de Comprobantes de Pago para personas naturales e instituciones educativas durante el año 2009; Que en ese sentido, resulta necesario modifi car las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago que, como anexo, forman parte del Decreto Supremo N° 178-2002-EF; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 178-2002-EF, la participación del representante del Ministerio del Interior se realizará en las oportunidades y condiciones que se señalen en las Bases, no siendo aplicable a los Sorteos de Comprobantes de Pago lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 006-2000-IN – “Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales” y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior; Que en tal sentido, corresponde establecer el procedimiento que regulará la presencia del representante del Ministerio del Interior en el caso que la SUNAT considere conveniente su participación; Que adicionalmente, a fi n de dar mayor formalidad a los Sorteos de Comprobantes de Pago, se incluye la participación notarial; En uso de las facultades conferidas por el numeral 3 del artículo 11º de la Ley N° 29158; DECRETA: Artículo 1°.- DEFINICIONES Para efecto del presente dispositivo, se entenderá por “Decreto” al Decreto Supremo N° 178-2002-EF y sus modifi catorias, que autoriza la realización de Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional. Asimismo, cualquier mención a un artículo, sin indicar la norma legal a que corresponde, debe entenderse referido al presente dispositivo. Artículo 2º.- PARTICIPACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR A efecto de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4° del Decreto, en aquellos casos en que la