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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de julio de 2009 399372 DNTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO 10,943.38 889 REGIÓN PASCO - SALUD PASCO 411.87 890 REGIÓN PASCO - SALUD AIS HOSPITAL DANIEL A. CARRION 3,108.17 891 REGIÓN PASCO - SALUD AIS UTES OXAPAMPA 7,423.34 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA 3,512.81 899 REGIÓN PIURA - SALUD PIURA 749.38 900 REGIÓN PIURA - SALUD LUCIANO CASTILLO COLONNA 1,191.16 901 REGIÓN PIURA - HOSPITAL DE APOYO III SULLANA 265.14 1026 REGIÓN PIURA - SALUD MORROPON - CHULUCANAS 25.11 1116 REGIÓN PIURA - HOSPITAL DE APOYO I CHULUCANAS 18.83 1117 REGIÓN PIURA - HOSPITAL APOYO I “NUESTRA SRA. DE LAS MERCEDES” PAITA 0.00 1306 REGIÓN PIURA - HOSPITAL DE APOYO I SANTA ROSA 1,263.19 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO 3,796.99 914 REGIÓN PUNO - SALUD PUNO - LAMPA 0.00 915 REGIÓN PUNO - SALUD MELGAR 75.55 916 REGIÓN PUNO - SALUD AZANGARO 0.00 917 REGIÓN PUNO - SALUD SAN ROMAN 1,052.19 918 REGIÓN PUNO - SALUD HUANCANE 31.88 919 REGIÓN PUNO - SALUD PUNO 2,480.15 920 REGIÓN PUNO - SALUD CHUCUITO 6.28 967 REGIÓN PUNO - SALUD YUNGUYO 18.83 968 REGIÓN PUNO - SALUD COLLAO 132.11 1006 REGIÓN PUNO - SALUD MACUSANI 0.00 1007 REGIÓN PUNO - SALUD SANDIA 0.00 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN 7,438.60 930 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD SAN MARTIN 2,500.45 1058 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD ALTO MAYO 4,650.99 1059 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD HUALLAGA CENTRAL 287.16 1060 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD ALTO HUALLAGA 0.00 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 1,531.12 935 REGIÓN TACNA - SALUD TACNA 887.36 970 REGIÓN TACNA - HOSPITAL DE APOYO HIPOLITO UNANUE 643.76 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES 5,787.00 940 REGIÓN TUMBES - SALUD TUMBES 2,370.63 941 REGIÓN TUMBES - HOSPITAL DE APOYO JAMO TUMBES 3,416.37 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 3,297.83 950 REGIÓN UCAYALI - SALUD UCAYALI 934.84 951 REGIÓN UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO DE PUCALLPA 2,275.48 952 REGIÓN UCAYALI - HOSPITAL DE APOYO YARINACOCHA 68.15 1175 REGIÓN UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD N°3 ATALAYA 19.36 OPD 1235 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLÁSICAS 87.13 TOTAL CALENDARIO INICIAL S/ 310,000.00 374536-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 135-2009/SIS Mediante Ofi cio Nº 040-2009-SIS-SG el Seguro Integral de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 135-2009/SIS, publicada en la edición del día 18 de julio de 2009. DICE: Artículo Único.- DESIGNAR a partir del día 20 de julio del presente año al Ingeniero José Hamblett Villegas Ortega, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Informática y Estadística del Seguro Integral de Salud. DEBE DECIR: Artículo Único.- DESIGNAR a partir del día 21 de julio del presente año al Licenciado José Hamblett Villegas Ortega, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Informática y Estadística del Seguro Integral de Salud. 374535-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Prorrogan la entrada en vigencia de la transmisión de los documentos digitalizados a que se refiere el Procedimiento de “Exportación Definitiva” INTA-PG.02 (V.6) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 369-2009/SUNAT/A Callao, 20 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 137-2009/SUNAT/A se aprobó el procedimiento de Exportación Defi nitiva INTA-PG.02 (versión 6), dentro del marco del Sistema de Calidad de la SUNAT y de la Ley General de Aduanas – Decreto Legislativo Nº 1053; estableciéndose en su artículo 3º que la transmisión de los documentos digitalizados para la regularización del régimen de Exportación Defi nitiva entraría en vigencia el 1 de julio de 2009; Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 335-2009/SUNAT/A se modifi caron varios artículos del mencionado procedimiento y se prorrogó hasta el 19 de julio de 2009 lo dispuesto en el artículo 3º de la resolución a que se refi ere el considerando precedente; Que mediante expediente Nº 000-ADS0DT-2009- 144813-1 la Asociación de Agentes de Aduana del Perú ha solicitado que se prorrogue nuevamente la entrada en vigencia de la transmisión de los documentos digitalizados para la regularización del régimen de Exportación Defi nitiva, toda vez que requieren efectuar adecuaciones informáticas en sus sistemas, situación que ha sido considerada por la Administración Aduanera, por lo que resulta necesario modifi car la referida entrada en vigencia; Que conforme al numeral 3.2 del artículo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se ha considerado innecesaria la prepublicación del proyecto de la presente norma y debe ser exceptuado de tal requisito, por lo expuesto en el considerando anterior; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N.° 122-2003/SUNAT, en mérito a lo dispuesto en el literal g) del artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y estando a la Resolución de Superintendencia Nº 049-2009/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Prorróguese hasta el 21 de setiembre de 2009 la entrada en vigencia de la obligación de la transmisión de documentos digitalizados para la regularización del régimen de exportación defi nitiva, prevista en el procedimiento de “EXPORTACIÓN DEFINITIVA” – INTA-PG.02 (versión 6) aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 137-2009/SUNAT/A modifi cado con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 335-2009/SUNAT/A. Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN RAMÍREZ RODRÍGUEZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 374882-1