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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de julio de 2009 399358 SUNAT considere conveniente la participación de los representantes del Ministerio del Interior en los Sorteos de Comprobantes de Pago, se deberá tener en cuenta lo siguiente: 1. La SUNAT solicitará al Ministerio del Interior, en un plazo no menor a cinco (5) días hábiles previos al evento, la participación de uno de sus representantes. 2. Recibida la solicitud, el Ministerio del Interior deberá designar representantes para participar en cada una de las zonas de los Sorteos de Comprobantes de Pago, así como representantes para la Ceremonia de Entrega de Premios que se realizará en cada jurisdicción de los ganadores. 3. La SUNAT pagará la tasa que el Ministerio del Interior establecerá para tal efecto en su Texto Único de Procedimientos Administrativos, conforme a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 29060. Artículo 3º.- PARTICIPACIÓN NOTARIAL Autorízase la participación Notarial en los Sorteos de Comprobantes de Pago, la que se realizará en la oportunidad y condiciones que se establezcan en las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago. Artículo 4°.- NORMAS MODIFICATORIAS Sustitúyase los artículos segundo, tercero, séptimo, octavo, noveno y undécimo del Anexo - Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago del Decreto, por los textos siguientes: “Artículo Segundo.- PERIODICIDAD DEL SORTEO Para el año 2009, se realizarán cuatro sorteos para personas naturales y un sorteo para instituciones educativas conforme al siguiente cronograma: PERSONAS NATURALES SORTEO PERÍODO DE RECEPCIÓN DE LOS SOBRES FECHA DE SORTEO I - 2009 24/07/2009 al 27/08/2009 11 de septiembre de 2009 II - 2009 23/10/2009 al 09/12/2009 21 de diciembre de 2009 III - 2009 11/12/2009 al 25/01/2010 12 de febrero de 2010 IV – 2009 27/01/2010 al 15/03/2010 30 de marzo de 2010 INSTITUCIONES EDUCATIVAS SORTEO PERÍODO DE RECEPCIÓN DE LOS SOBRES FECHA DE SORTEO I - 2009 28/08/2009 al 22/10/2009 13 de noviembre de 2009 Los participantes deberán depositar y/o entregar, según corresponda, sus comprobantes de pago emitidos durante el año 2009, dentro de los períodos de recepción establecidos para cada sorteo, salvo el tercer y cuarto sorteo para personas naturales en el que participan los comprobantes de pago emitidos hasta el 25 de enero y 15 de marzo de 2010, respectivamente. Artículo Tercero.- DE LOS PREMIOS La entrega de los premios en los sorteos autorizados, según correspondan, será conforme a las zonas geográfi cas y los montos que a continuación se detallan: PERSONAS NATURALES SORTEO ZONAS PREMIOS TOTAL POR SORTEO I - 2009 AL IV - 2009 Zona Lima y Callao Un Premio de S/. 40,000.00 Dieciséis Premios de S/.5,000.00 cada uno S/.120,000.00 Zona 1 Un Premio de S/. 40,000.00 Dieciséis Premios de S/.5,000.00 cada uno S/. 120,000.00 Zona 2 Un Premio de S/. 40,000.00 Dieciséis Premios de S/.5,000.00 cada uno S/. 120,000.00 Zona 3 Un Premio de S/. 40,000.00 Dieciséis Premios de S/.5,000.00 cada uno S/. 120,000.00 El monto total de los premios a otorgarse para personas naturales durante las cuatro fechas de sorteos autorizados, asciende a la suma de Un Millón Novecientos Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,920,000.00). Los sorteos se efectuarán de manera simultánea por cada zona, hasta completar la cantidad de ganadores que corresponda a cada una de aquellas. Los premios se asignarán a los ganadores por cada zona conforme al orden en que se extraigan los sobres seleccionados al azar, dándose inicio con la asignación de los premios de Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5,000.00) hasta completar la cantidad de ganadores por dicho monto, para luego fi nalizar con la asignación del premio de Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40,000.00). INSTITUCIONES EDUCATIVAS SORTEO ZONAS PREMIOS TOTAL POR SORTEO I - 2009 Zona Lima y Callao Seis Premios de S/. 40,000.00 S/. 240,000.00 Zona 1 Seis Premios de S/. 40,000.00 S/. 240,000.00 Zona 2 Seis Premios de S/. 40,000.00 S/. 240,000.00 Zona 3 Seis Premios de S/. 40,000.00 S/. 240,000.00 El monto total de los premios a otorgarse para instituciones educativas durante la fecha del sorteo, asciende a la suma de Novecientos Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 960,000.00). El sorteo se efectuará de manera simultánea por cada zona, hasta completar la cantidad de ganadores que corresponda a cada una de aquellas. Los premios serán asignados por cada zona, a seis ganadores conforme al orden en que se extraigan los sobres seleccionados al azar, otorgándose a cada ganador, un premio de Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40,000.00). En ambos casos, personas naturales e instituciones educativas, si el ganador no ha reclamado su premio correspondiente dentro del plazo de noventa (90) días calendario computados desde el día siguiente que es notifi cado por la SUNAT como ganador del sorteo, el premio será devuelto al Ministerio de Economía y Finanzas. El monto que corresponda a los premios no entregados no serán acumulados por ningún motivo. Artículo Séptimo.- FORMA DE PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO, LUGAR DE ENTREGA Y REQUISITOS DE LOS SOBRES PERSONAS NATURALES: Los participantes deberán depositar en un sobre cerrado comprobantes de pago cuya suma total sea igual o mayor a Treinta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 30.00) y consignar en el sobre, en forma legible, los siguientes datos: • Nombres y apellidos. • Documento de identidad y número del mismo. • Dirección completa y referencia (precisar provincia y departamento). • Número telefónico (en caso de tenerlo). Los sobres deberán ser depositados en cualquiera de las ánforas a nivel nacional que se encuentran ubicadas en las agencias del Banco de la Nación, en las ánforas móviles que se utilicen para promocionar el sorteo y en aquellos lugares que la SUNAT difunda oportunamente, durante el período de recepción de los mismos. Aquellos participantes cuyos sobres, seleccionados al azar, no cumplan con lo previsto en el inciso a) del artículo primero de las bases del sorteo, serán descalifi cados. INSTITUCIONES EDUCATIVAS Las instituciones educativas participantes deberán acopiar entre toda su comunidad educativa, comprobantes de pago cuya suma total sea igual o mayor a Treinta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 30.00) y depositarlos en un sobre debidamente cerrado, consignando en éste en forma legible, la siguiente información: • Denominación y/o Razón Social de la institución educativa. • Número de RUC (en caso de encontrarse obligado a tenerlo). • Indicar si es institución educativa pública o privada. • Dirección completa y referencia (precisar provincia y departamento). • Número telefónico (en caso de tenerlo).