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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de julio de 2009 399362 CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, Ley Nº 29334, establece que la Alta Dirección del Ministerio del Interior está conformada, entre otros, por el Viceministro de Gestión Institucional; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al funcionario que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha, al señor Samuel Francisco Luis Torres Benavides, en el cargo público de confi anza de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio del Interior. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 374958-4 PRODUCE Relación de embarcaciones con permisos de pesca suspendidos cuyos armadores mantienen adeudos pendientes de pago con la Administración RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 497-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 6 de julio del 2009. Visto los Informes Nº 451 y 725-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiólogicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular su manejo integral y explotación racional, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ley 25977 – Ley General de Pesca; Que el artículo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº012- 2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de la Producción), por intermedio de la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia (hoy Dirección General), así como las dependencias regionales de pesquería y otros organismos a los que se delegue dicha facultad, llevará a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementará los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que mediante Resolución Ministerial Nº 322-2006- PRODUCE de fecha 27 de noviembre del 2006, se publicó la relación de embarcaciones pesqueras que presentaron una diferencia mayor al 3% entre lo declarado por el armador y lo verifi cado por la Administración sobre descargas de recursos hidrobiólogicos correspondientes al ejercicio 2003; Que el artículo 2º de la Resolución Ministerial señalada en el considerando precedente se estableció un plazo de quince (15) días calendarios, para que los armadores pesqueros incluidos en la referida Resolución Directoral, procedan a efectuar los pagos por la diferencia determinada; Que el artículo 3º de la indicada Resolución Ministerial, establece que vencido el plazo para realizar los pagos por la diferencia determinada por la administración, la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (hoy Dirección General), mediante Resolución Directoral, publicará la relación de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca hubiesen sido suspendidos y comunicará a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa dicha relación para que no se les otorgue la autorización de zarpe respectiva; Que habiéndose verifi cado que existen embarcaciones pesqueras que mantienen pendiente de pago las diferencias establecidas por la Administración procede suspender los respectivos permisos de pesca; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto y con la conformidad legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar la relación de embarcaciones pesqueras con permisos de pesca suspendidos, cuyos armadores mantienen pendiente de pago, adeudos con la Administración en virtud a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 322-2006-PRODUCE, las mismas que se encuentran incluidas en los Anexos I y II que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, no otorgará autorización de zarpe, a dichas embarcaciones pesqueras hasta que los armadores de las mismas cumplan con efectuar el pago respectivo. La Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero comunicará a la citada autoridad marítima, cuando corresponda, el levantamiento de las suspensiones. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce. gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO A. ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero ANEXO I RESOLUCION MINISTERIAL Nº 322-2006-PRODUCE EMBARCACIONES CON PERMISOS DE PESCA SUSPENDIDOS AL MANTENER ADEUDOS CON LA ADMINISTRACION EN VIRTUD A LO ESTABLECIDO MEDIANTE R.M. Nº 322-2006-PRODUCE Nº EMBARCACION MATRICULA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº FECHA RESOLUCIÓN TONELADAS SEGÚN RM. IMPORTE A PAGAR 1 AGUILA MARINA CO-19854-CM RM. 703-2008-PRODUCE 10.09.2008 640.43 5,051.71 2 ALBATROS CO-12227-PM RM. 022-2009-PRODUCE 16.01.2009 60.53 477.42 3 C&Z 3 CE-1887-PM RM. 009-2008-PRODUCE 03.01.2008 213.23 1,681.98 4 DON FELIPE CO-17711-CM RM. 098-2008-PRODUCE 03.01.2008 95.02 749.52 5 DON ROBERTH PT-18006-CM RM. 636-2008-PRODUCE 01.08.2008 421.06 3,321.32 6 DON ROLO PL-4326-BM RM. 794-2008-PRODUCE 14.11.2008 174.94 1,379.93 7 DON SEFERINO PL-17904-CM RM. 742-2008-PRODUCE 14.10.2008 452.26 2,447.43