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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2009 (21/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de julio de 2009 399391 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican Ordenanza Nº 194 que aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo 2010 en el distrito del Rímac ORDENANZA Nº 196 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 17.07.09; Visto el Informe Nº 076-2009-OPP/GM-MDR de fecha 16.07.09 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; referente a modifi cación del Artículo segundo de la Ordenanza Nº 194 que aprueba el cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo para el año 2010; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, mediante la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de Programación Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, mediante Ordenanza Nº 194 se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año 2010 en el distrito del Rímac; Que, mediante Informe Nº 076-2009-OPP/GM-MDR de fecha 16.07.09 el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto en su calidad de presidente del equipo técnico del presupuesto participativo para el año fi scal 2010, solicita la modifi cación del cronograma de las actividades del Proceso de Presupuesto Participativo aprobado con Ordenanza Nº 194, debido a inconvenientes administrativos; Que, el Artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; y Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa de dictamen de la Comisión de Regidores y del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 194 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2010 EN EL DISTRITO DEL RIMAC Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 194 que aprueba el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2010 en el distrito del Rimac. Artículo Segundo.- APROBAR el nuevo Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2010, siendo el siguiente: • Inscripciones Hasta el 27-07-09 • I Taller Informativo y Rendición de Cuentas, Miércoles 04-08-09 Capacitación • II Taller de Diagnóstico y Priorización Desde el 05 al 13-08-09 Por Sectores • Evaluación Técnica de los Proyectos Desde el 14 al 17-08-09 • Formalización de Acuerdos y Elección Miércoles 19-08-09 del Comité de Vigilancia y Control Artículo Tercero.- SUBSISTE todo lo demás dispuesto en la Ordenanza Nº 194. Artículo Cuarto.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Institucional, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participación Ciudadana y Programas Sociales, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Finanzas, Unidad de Imagen Institucional y demás Unidades Orgánicas, que adopten las acciones necesarias para el cumplimiento de la Presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diecisiete días del mes de julio de dos mil nueve. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 374764-1 Modifican Ordenanza Nº 195 que aprobó el Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil para ser integrantes del Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2009 - 2011 ORDENANZA Nº 197 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 17.07.09; Visto el Informe Nº 076-2009-OPP/GM-MDR de fecha 16.07.09 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; referente a modificación del Artículo tercero de la Ordenanza Nº 195 que aprueba el Cronograma del Proceso de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito del Rimac, para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2009 al 2011 de la Municipalidad Distrital del Rímac; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establecen que: las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; así mismo, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anual bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, a través de la Ordenanza Nº 195 se aprobó el Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito del Rímac, para su integración al Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2009 al 2011 de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, el Artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Informe Nº 076-2009-OPP/GM-MDR de fecha 16.07.09 el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa que el Comité Electoral legítimamente elegido procedió a convocar las elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito del Rímac, para el día 12 de Julio del presente año, acto que se procedió a anular por considerarse que no se guardaban las garantías de un debido proceso eleccionario y por inconvenientes de procedimientos administrativos; Que, estos hechos alteran el cronograma aprobado por el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 195, por lo cual hace