Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2009 (21/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 21 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

399389

la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura; Aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO LA ORDENANZA Nº 1255-MML
Articulo Unico.- Derogar la Ordenanza Nº 1255-MML, por la que se Modifico el Plano de Zonificacion del Distrito de La MORDAZA aprobado por Ordenanza 1144-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de MORDAZA del 2009, por encontrarse en tramite un MORDAZA judicial. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2009 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

374646-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Plan de Desarrollo Concertado del distrito de Carabayllo al 2015
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 174-A/MDC
Carabayllo, 11 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: Que, el Concejo Municipal del Distrito de Carabayllo; en Sesion Extraordinaria de la fecha, ha recibido el Informe N° 094-2009-GPP/MDC del Presidente del Equipo Tecnico de Elaboracion del Plan de Desarrollo Concertado al 2015, y ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los numerales 1 y 2 del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto y aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la sociedad civil; Que, de acuerdo a los Articulos 197º y 199º de la misma Constitucion Politica, las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783 senala en el primer parrafo del Articulo 17º numeral 17.1) que: "Los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto y en la Gestion Publica...", asimismo senala en su Articulo 18º numeral 18.2) que: "Los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como del privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion tecnica internacional"; EN SESION

Que, segun lo dispuesto en el Articulo 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 senala que "El MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se establecen las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales."; y , que "El sistema de Planificacion tiene como MORDAZA la participacion ciudadana a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las Politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion"; Que, el Articulo 53º de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que: "Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdiccion..."; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley en mencion establece que las municipalidades determinaran espacios de concertacion y regularan mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 157-A/MDC del 02 de agosto de 2008 se aprobo el Reglamento para el MORDAZA de elaboracion del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Carabayllo, cuya finalidad es de generar las condiciones para promover un MORDAZA Tecnico y Participativo con los diferentes actores sociales del Distrito y las Instituciones publicas y Privadas, para planificar el desarrollo integral del Distrito; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9° numeral 8, 39, 40 y 53° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, a dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO (PDC) DEL DISTRITO DE CARABAYLLO AL 2015
Articulo 1º.- APROBAR el Plan de Desarrollo Concertado (PDC) del Distrito de Carabayllo en los terminos del texto, que en un (1) Volumen de 199 folios forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º .- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

374760-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Ordenanza que otorga Amnistia de las Deudas Tributarias y Administrativas
ORDENANZA Nº 317-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA;

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