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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2009 (27/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 27 de julio de 2009 399765 recorrido (o sólo ida o sólo retorno). A este nivel de peaje, se elimina el riesgo de que la demanda por esta carretera disminuya. Peaje A partir de las simulaciones realizadas, se puede concluir que los tramos de la Concesión Vial que tienen un recorrido relativamente corto tendrán una menor disponibilidad a pagar de los usuarios. Esto se puede apreciar en cada uno de los escenarios que se han construido (Ver Cuadro) ESTIMACIÓN DE LA TARIFA (PEAJE CON IGV) POR ESCENARIO Escenario Ubicación de Unidad de Peaje Peaje por eje (S/.)* 1 Tramo Carrasquillo - Buenos Aires 1.91 2 Tramo Serrán - Canchaque 1.96 3 Tramo Buenos Aires - Malacasi 2.06 * Incluye IGV. Elaboración: GRE de OSITRAN. Del análisis de los escenarios se desprende que el nivel de la tarifa4 por uso de infraestructura vial de la Concesión Empalme 1B- Buenos Aires- Canchaque se estima en S/.2,00 por eje o unidad de vehículo ligero por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno), monto que incluye IGV. Este nivel se aproxima al promedio de los peajes obtenidos en los diferentes escenarios. Benchmarking de Peajes Al comparar la tarifa de S/.2,00 por eje o vehículo ligero con respecto a los peajes que se aplican en otras concesiones viales que fueron establecidos contractualmente, se observa que el peaje propuesto por el Regulador se encuentra dentro del rango de los peajes que se cobra actualmente en las concesiones viales cofi nanciadas (Ver Cuadro). BENCHMARKING PEAJES POR EJE (S/.) INCLUIDO IGV (IDA O VUELTA) Concesionario Tramo Estación de peaje Km Peaje (S/.) Vehículo Ligero Vehículo pesado (por eje) COVISUR San Juan de Marcona - Urcos Casinchihua Entre 42 y 50 3,00 Chalhuanca 55 4,00 Huillque 63 4,00 80 5,00 Marcona Entre 20 y 25 2,00 2,00 79 4,00 4,00 SURVIAL Matarani - Juliaca Santa Lucía 20 1,00 Caracoto 25 2,00 45 2,00 5,00 IIRSA NORTE Paita - Yurimaguas 5,50 5,50 NORVIAL Ancón- Huacho - Pativilca 5,81 5,81 COVI Perú Pucusana - Cerro Azul -Ica 5,50 5,50 Fuente: Contratos de Concesión. Elaboración: GRE de OSITRAN. CONCLUSIONES Del análisis realizado previamente se desprenden las siguientes conclusiones: - Se ha verifi cado in situ que no existen otras vías alternativas viales al Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque que pueden ser utilizadas por los usuarios. - De acuerdo, a la teoría económica el peaje debe fi nanciar los costos externos (costos de construcción, mantenimiento y operación de la carretera, así como los costos de congestión) y privados (costos de mantenimiento de los vehículos, tiempos de desplazamiento de los conductores, entre otros) de los usuarios de la carretera. El peaje que cubre ambos tipos de costos se ha estimado en S/.66,16 (incluye IGV) por eje y por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno). Sin embargo, dicho peaje se encuentra muy por encima de la curva de demanda de los usuarios de la carretera. En consecuencia, no puede ser aplicado. - La diferencia entre la tarifa teórica y la tarifa propuesta por el Regulador es pagado por el Estado mediante el cofi nanciamiento. Los ingresos del Concesionario son fi jados por el Contrato de Concesión y son independientes de la recaudación que por concepto de peaje obtenga el Concesionario. Así, contractualmente está garantizada la sostenibilidad de la Concesión Vial Empalme 1B-Buenos Aires- Canchaque. - Si bien es cierto que el ingreso por concepto de peaje (S/. 2,00 con IGV) no permite cubrir el pago de cofi nanciamiento, se obtiene un benefi cio social obtenido por los usuarios se logra compensar el fi nanciamiento que el Estado debe asumir según el contrato de concesión. Es decir, cuando se considera el ahorro de tiempo y al ahorro en costos de mantenimiento de los usuarios de la vía en concesión, una vez concluidas las obras, los benefi cios sociales que se obtienen de la Concesión Vial exceden el monto necesario para cubrir el PAS (pago por obras y mantenimiento). - A partir de las estimaciones de elasticidad precio de demanda se desprende que el peaje óptimo es de S/. 2,00 (incluido IGV) por eje y por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno). En otras palabras, es la máxima tarifa que se puede cobrar en el tramo inelástico de la demanda, con lo que se garantiza la mayor recaudación ajustada a la elasticidad. Fijar el peaje por encima de S/. 2,00, no implicará un crecimiento en la recaudación debido a que gran parte de los usuarios de la carretera se negarían a pagar estar tarifa. - Asimismo, se puede afi rmar que la tarifa de S/.2,00 es óptima desde el punto de vista social pues coincide con la mediana de la muestra. Es decir, más del 50% de la población entrevistada estaría dispuesta a pagar esta tarifa. Estos resultados son confi rmados con técnicas de simulación estocástica pues establecieron que con el peaje propuesto por el Regulador se obtiene un Valor Actual Neto (VAN) de los benefi cios sociales (mayor que cero) que coincide con la media y la mediana de los diferentes VAN, estimados a partir de peajes generados aleatoriamente. - La tarifa propuesta por el Regulador se encuentra dentro del rango de peajes que se cobran en la red vial nacional cofi nanciada. RECOMENDACIONES - Aprobar la tarifa por uso de infraestructura vial para la Concesión Vial Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque de S/.2,00 por eje o unidad de vehículo ligero y por sentido de recorrido (o sólo ida o sólo retorno), monto que incluye IGV. 1 Ver Ficha Técnica de la Encuesta en el Anexo Nº 2. Los cuestionarios están en Apéndice Nº 1 y Nº 2. 2 Ver Cueva (2009) 3 El tramo (Empalme 1B-Carrasquillo) que está más próximo Chulucanas es que el que presenta el mayor tráfi co de vehículos. 4 De acuerdo al Contrato de Concesión la tarifa es igual al peaje + el Impuesto General a la Ventas (IGV). 377346-1