Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2009 (31/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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PROVINCIA DE CANAS

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de MORDAZA de 2009

· El Juzgado Mixto, con su misma competencia, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. Por mayoria, con el MORDAZA discordante de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz: PROVINCIA DE ACOMAYO · El Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia en toda la provincia, excepto en el Distrito de Rondocan, ademas atendera al Distrito de Pilpinto de la Provincia de Paruro. PROVINCIA DE CALCA, CON SEDE EN PISAC · El Juzgado de Paz Letrado, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con la misma competencia territorial del juzgado. PROVINCIA DE CALCA (DISTRITO DE YANATILE) CON SEDE EN LA QUEBRADA · El Juzgado de Paz Letrado, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con la misma competencia territorial del juzgado. PROVINCIA DE PAUCARTAMBO · El Juzgado de Paz Letrado, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. con competencia en toda la provincia, excepto el Distrito de Caicay. PROVINCIA DE QUISPICANCHI, (DISTRITO DE CAMANTI) CON SEDE EN QUINCEMIL · El Juzgado de Paz Letrado, como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. con la misma competencia territorial del juzgado. Por Unanimidad: PROVINCIA DE ANTA · El Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE ACOMAYO · El Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE PARURO · El Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE PAUCARTAMBO · El Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE QUISPICANCHI · El Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE URUBAMBA · El Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial, como Juzgado Penal Liquidador. PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS · El Primer Juzgado Mixto, como Juzgado Penal Liquidador. Articulo Cuarto.- Incorporar los siguientes distritos, a partir del 1º de octubre de 2009, a la competencia territorial de los organos jurisdiccionales de la provincia de:

· Paruro: El distrito de Rondocan de la Provincia de Acomayo; · Acomayo: El distrito de Pilpinto de la Provincia de Paruro. Articulo Quinto.- Reubicar los siguientes organos jurisdiccionales en la forma que se indica a continuacion: · A partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, la Sala Mixta Itinerante de La Convencion (Quillabamba) con sede en el MORDAZA, como Sala Mixta Descentralizada con sede en Urubamba, con competencia en las provincias de Urubamba, Calca y La Convencion, excepto los Distritos de Kimbiri y Pichari. Por mayoria con el MORDAZA discordante de la senorita Consejera MORDAZA MORDAZA Munoz: La mencionada Sala Mixta Descentralizada de Urubamba, a partir del 1º de octubre de 2009, asumira en adicion de funciones como Juzgado Penal Colegiado con competencia territorial respecto a la Provincia de La Convencion (excepto los Distritos de Kimbiri y Pichari) para conocer procesos con acusados con comparencia y prision preventiva, y con competencia en las Provincias de Urubamba y Calca para conocer solo procesos con acusados con comparecencia, debido a que los procesos con acusados con prision preventiva del Establecimiento Penal del MORDAZA, seran de competencia del Juzgado Penal Colegiado del Cusco. · A partir del 1º de octubre de 2009, el Juzgado de Paz Letrado de Echarate con sede en Kiteni, Provincia de La Convencion, como Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Paruro y ademas en adicion a sus funciones actuara como Juzgado de la Investigacion Preparatoria con competencia en toda la provincia de Paruro, excepto el Distrito de Pilpinto y con competencia en el Distrito de Rondocan de la Provincia de Acomayo. Por unanimidad: Articulo Sexto.- Disponer que los Juzgados de Paz Letrados de La Convencion (Quillabamba) tendran competencia territorial en toda la provincia, excepto los Distritos de Kimbiri y Pichari. Articulo Setimo.- Disponer las siguientes normas complementarias: · Las MORDAZA Penales y Juzgados Penales Liquidadores, asumiran la carga procesal de todos los procesos tramitados bajo el regimen procesal penal anterior, hasta su culminacion. · Los organos jurisdiccionales creados como liquidadores con caracter transitorio, tendran funcionamiento de seis (6) meses, cuya prorroga, conversion o reubicacion sera decidida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Octavo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion y una adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Noveno.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Decimo.- Los gastos que genere la implementacion del Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial del MORDAZA, seran con cargo a las partidas presupuestales correspondientes para el Ano Fiscal 2009. Articulo Decimo Primero.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Ministerio de Economia y Finanzas, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia

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