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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de julio de 2009 399839 • Desarrollar el cuadro de necesidades propuesto dentro del diagnóstico de control interno. • Proponer la estimación de los recursos necesarios para la implementación del cuadro de necesidades. • Comunicar a todo el personal de la importancia de contar con un Sistema de Control Interno – SCI efi ciente. • Designar a un representante de cada área el cual se encargará de coordinar las actividades a realizar para la implementación del Sistema de Control Interno - SCI. • Informar a la Alta Dirección sobre los avances realizados en materia de implementación del Sistema de Control Interno – SCI. • Coordinar con todas las áreas de la entidad, aspectos pertinentes a la implementación del Sistema de Control Interno – SCI. • Desarrollar formatos estandarizados que servirán de guía para cada una de las áreas de la entidad. • Todas las demás funciones contenidas en la Guía para la Implementación del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado, aprobada por Resolución de Contraloría General N° 458-2008-CG. Artículo 5°.- Del plazo El Comité de Control Interno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se instalará en un plazo de cinco (5) días naturales a partir de la publicación de la presente Resolución, y tendrá un plazo de sesenta (60) días naturales a partir de su instalación para elaborar el Sistema de Control Interno – SCI de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 377811-2 Designan Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2009-TR Lima, 30 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 037-2009- TR del 09 de febrero de 2009, se designó a la contadora Nery Guadalupe Prado Horna, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II (F-3) de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma y designar al funcionario que lo reemplazará; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la contadora NERY GUADALUPE PRADO HORNA, al cargo de Director de Sistema Administrativo II (F-3) de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al ingeniero administrativo OSCAR RICARDO CEVALLOS DE BARRENECHEA, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II (F-3) de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 377846-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban texto de Addenda Nº 6 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo Vial Nº 2: Urcos - Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2009-MTC/01 Lima, 30 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 agosto de 2005 se suscribió el Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo Vial Nº 2: Urcos – Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil, entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de Concedente y la empresa CONCESIONARIA INTEROCEÁNICA SUR TRAMO 2 S.A., en calidad de Concesionario; Que, con fechas 24 de febrero, 16 de junio y 26 de julio de 2006, 16 de julio de 2007 y 18 de febrero de 2009, se han suscrito, respectivamente, las Addendas Nos. 1, 2, 3, 4 y 5 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo Vial Nº 2: Urcos – Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil; Que, las partes han acordado suscribir la Addenda Nº 6 al citado Contrato de Concesión, para cuyo efecto de conformidad con lo previsto en la Sección XVII del mismo, se solicitó la opinión de OSITRAN; Que, en tal sentido, con Ofi cio Circular Nº 015-09-SCD- OSITRAN, de fecha 01 de julio de 2009, el Organismo Regulador remite copia del Acuerdo Nº 1185-322-09- CD-OSITRAN mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN en su Sesión del 30 de junio de 2009 acordó aprobar el Informe Nº 021-09-GRE-GS-GAL-OSITRAN, en el cual se emite opinión técnica sobre la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión; Que, atendiendo a lo indicado en la opinión técnica del Organismo Regulador, expresada mediante Ofi cio Circular Nº 015-09-SCD-OSITRAN, Acuerdo Nº 1185- 322-09-CD-OSITRAN e Informe Nº 021-09-GRE-GS- GAL-OSITRAN, al sustento de la Dirección General de Concesiones en Transportes, a través de su Informe Nº 443-2009-MTC/25 y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, a través de su Informe Nº 1601-2009-MTC/08, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de Concedente, y la empresa CONCESIONARIA INTEROCEÁNICA SUR TRAMO 2 S.A., en su calidad de