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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de julio de 2009 399840 Concesionario, han convenido en celebrar la Addenda Nº 6 al referido Contrato de Concesión; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370 y Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM, 060-96-PCM y 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Addenda Nº 6 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo Vial Nº 2: Urcos – Inambari del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refi ere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 377845-1 Otorgan autorización a Radio Nor Selva E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en el distrito y provincia de Rioja, departamento de San Martín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 257-2009-MTC/03 Lima, 7 de julio de 2009 VISTO, el Expediente Nº 1999-02875007 presentado por la empresa RADIO NOR SELVA E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF, en el distrito y provincia de Rioja, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan; Que, con Resolución Viceministerial Nº 363-2005- MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 511-2007-MTC/03 y Nº 019-2008-MTC/03, ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de VHF para diversas localidades del departamento de San Martín, entre las cuales se encuentra la localidad de Rioja, la misma que incluye al distrito y provincia de Rioja, departamento de San Martín; Que, con Informe Nº 1079-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la empresa RADIO NOR SELVA E.I.R.L., para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en el distrito y provincia de Rioja, departamento de San Martín, señalándose además que debe establecerse como obligación, a cargo de la administrada, la presentación del proyecto de comunicación dentro del período de instalación y prueba; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modifi cado por Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo N° 038- 2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038- 2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de VHF para la localidad de Rioja, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 363-2005-MTC/03, modifi cado por Resoluciones Viceministeriales Nº 511-2007-MTC/03 y Nº 019-2008- MTC/03, ratifi cado mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; y, Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a la empresa RADIO NOR SELVA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en la localidad de Rioja, departamento de San Martín de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad : RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN VHF Canal : 9 BANDA: III FRECUENCIA DE VIDEO: 187.25 MHz. FRECUENCIA DE AUDIO: 191.75 MHz. Finalidad : COMERCIAL Características Técnicas: Indicativo : OCY-9H Emisión : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3E Potencia Nominal del : VIDEO: 1000 w. Transmisor AUDIO: 100 w. Clasifi cación de Estación : C Ubicación de la Estación: Estudios : Jr. Santo Toribio Nº 1260, distrito y provincia de Rioja, departamento de San Martín.