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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2009 (16/06/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de junio de 2009 397662 del distrito de Cieneguilla para que regularicen sus obligaciones tributarias y administrativas pendientes que se encuentren en la vía ordinaria o coactiva. Artículo 2º.- VIGENCIA. El benefi cio entrará en vigencia a partir del 15 de junio hasta el 30 de junio del 2009, a cuyo término la Administración procederá a cobrar el íntegro de la deuda tributaria y administrativa reajustada a la fecha de pago, así como los gastos y costas procesales por procedimientos coactivos, de ser el caso, además de las sanciones que se deriven por el incumplimiento de la obligación formal del contribuyente, en el caso de las obligaciones tributarias. Artículo 3º.- REGIMEN DEL BENEFICIO. El régimen de benefi cios será aplicado de la siguiente forma: 3.1 Obligaciones Tributarias Condónese el 100% de los intereses de las deudas por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Multas Tributarias pendientes de pago, asimismo las costas y gastos administrativos si la deuda se encuentra en la vía coactiva; siempre que el deudor tributario efectúe el pago al contado o en forma fraccionada de todas sus deudas vencidas. Condónese el 100% de los intereses moratorios de las cuotas vencidas de los fraccionamientos pendientes de pago, asimismo de las costas y gastos administrativos si la deuda se encuentra en la vía coactiva, siempre que pague todas las cuotas vencidas. Condónese el 90% de las Multas Tributarias, a todos aquellos contribuyentes que cumplan con presentar la Declaración Jurada por omisiones o rectifi caciones del Impuesto Predial dentro del plazo de vigencia de la presente norma, incluyendo a aquellos contribuyentes que se les generó Resolución de Multa, así su cobranza se encuentre en la vía coactiva. Adicionalmente, se otorgará un 10% de descuento sobre el monto insoluto de los Arbitrios Municipales, siempre y cuando cancelen al contado el total de deuda de los mismos. 3.2 Obligaciones Administrativas Condónese el 80% de la deuda insoluta y el 100% de los intereses moratorios de las Multas Administrativas, siempre y cuando éstas se cancelen al contado, asimismo condónese las costas y gastos administrativos si la cobranza de la deuda se encontrara en la vía coactiva. El pago de la sanción administrativa no exime al obligado de cumplir con la obligación formal que originaron dicha sanción. Artículo 4º.- EXCEPCIONES El presente benefi cio no se aplicará a las deudas tributarias que sean materia de descuento, deducción u otro benefi cio tributario. Artículo 5º.- DESESTIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago al contado o en forma fraccionada de las deudas señaladas en la presente Ordenanza, implica el desistimiento automático de la reclamación, reconsideración o apelación, según sea el tipo de obligación, que pudiera existir respecto de ellas. De la misma manera, el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación; por lo cual no podrá presentar reclamos futuros, respecto de ellas. Artículo 6º.- PAGO EFECTUADO Los contribuyentes que hayan realizado el pago, al contado o en forma fraccionada, de las obligaciones con los intereses, moras o sanciones correspondientes, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no podrán solicitar su devolución. Artículo 7º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Jefatura de Logística e Informática y la Ofi cina de Ejecución Coactiva, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 8º.- Facultar al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o prórroga de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 360590-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aprueban incorporación de depósitos de cofinanciamiento al Presupuesto de la Municipalidad, destinados a proyectos de inversión ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2009-MDSMP San Martín de Porres, 29 de mayo del 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 29.MAYO.2009, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores Regidores, se trató sobre la incorporación de depósitos económicos de cofi nanciamiento al Presupuesto Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre la incorporación al Presupuesto Institucional de los depósitos de cofi nanciamiento por la suma de S/. 288,414.54 Nuevos Soles, efectuado en calidad de donaciones por los agentes participantes, destinados a los proyectos de inversión correspondientes a los Presupuestos Participativos 2008 y 2009, respectivamente, conforme a los detalles que se consignan en el Anexo Nº 01 presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad, adjunto al Informe Nº 076-2009-GPP/MDSMP – y que formará parte integrante del presente Acuerdo; De conformidad con los artículos 9º, inciso 20) y 41º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 69º de la Ley Nº 28411 – General del Sistema de Presupuesto; con el Voto Unánime de los señores regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres, ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la incorporación al Presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres de la suma de S/. 288,414.54 Nuevos Soles, depositada por los agentes participantes en calidad de donaciones, las que se aceptan, destinadas a los proyectos de inversión correspondientes a los Presupuestos Participativos 2008 y 2009, respectivamente, conforme a los detalles consignados en el Anexo Nº 01 que en folios 02 forma parte integrante del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 360871-1