Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2009 (11/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de marzo de 2009 392193 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Regulan la determinación de arbitrios de puestos de mercados de abastos de manera corporativa ORDENANZA Nº 309-MPL Pueblo Libre, 5 de marzo de 2009 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 06 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 008-2009-MPL/CPL-CPAFP; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA DETERMINACIÓN DE ARBITRIOS DE PUESTOS DE MERCADOS DE ABASTOS DE MANERA CORPORATIVA Artículo Primero.- La presente ordenanza regula la determinación de forma corporativa de las obligaciones tributarias por concepto de arbitrios correspondientes a contribuyentes propietarios de puestos de mercados de abastos. Artículo Segundo.- Los arbitrios correspondientes a puestos y sus áreas comunes de un mismo mercado de abastos podrán ser determinados de forma corporativa, en cuyo caso, la asociación o junta de propietarios que los representa asumirá la calidad de responsable. Artículo Tercero.- Para acogerse a la modalidad de determinación los propietarios deberán solicitarlo expresamente y no deberán contar con deudas pendientes de pago por concepto de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial. Artículo Cuarto.- Los benefi cios de la presente Ordenanza no son aplicables en ningún caso a obligaciones por concepto del Impuesto Predial. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza regirá a partir del ejercicio 2008. Artículo Sexto.- Facúltese a la Alcaldía a dictar mediante Decreto las normas reglamentarias y complementarias que resulten necesarias. Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia de Servicios al Vecino a través de la Subgerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 321490-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Fijan montos por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y de recibos de pago del Ejercicio Fiscal 2009 ORDENANZA Nº 255-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 11 de febrero de 2009, los Dictámenes Nº 07-2009-CAJ/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Nº 07-2009-ADM-FIN-AL/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas y Asuntos Laborales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 74° de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Informe Nº 009-2009-1100-GAT/MSI Gerencia de Administración Tributaria, se establece la necesidad de fi jar los montos que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y Recibos de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, a partir del ejercicio fi scal 2009, conforme a los resultados del costeo individual informado por la Gerencia de Administración y Finanzas mediante Memorando Nº 026-2009-0800-GAF/MSI e Informe Nº 01-2009-COSTOS-SCON/MSI; Que, en ese sentido a fi n de determinar el referido Derecho es indispensable el aprobar los cuadros de estructura de costos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución a domicilio, así como la estimación de ingresos por la prestación de dicho servicio a fi n de establecer el monto que les corresponde abonar a los contribuyentes por dicho concepto; Que, conforme con lo expuesto resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por concepto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores y Recibos de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a partir del ejercicio 2009; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con la dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y DE RECIBOS DE PAGO DEL EJERCICIO FISCAL 2009 Artículo Primero.- FIJAR en S/. 3.90 (Tres con 90/100 Nuevos Soles) el derecho por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución al domicilio, aplicable en la jurisdicción distrital de San Isidro para el Ejercicio Fiscal 2009. Este monto será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de su primera cuota fraccionada. Artículo Segundo.- APROBAR los cuadros de estructura de costos del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución a domicilio, correspondientes al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el Ejercicio Fiscal 2009, detallado en Anexo 1 adjunto el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.