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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2009 (11/03/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de marzo de 2009 392182 Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los once días del mes de febrero del dos mil nueve. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa Disposiciones Normativo-Regionales para la Modernización del Sistema de Planillas y la Flexibilización del Sistema Presupuestal y de Planillas para la Atención Progresiva de la Deuda Social del Pliego Presupuestal Nº 443 - Gobierno Regional de Arequipa TÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1º.- Objetivos La presente Ordenanza tiene como propósitos: ((a)) Posibilitar y garantizar el diseño, modifi cación y funcionamiento de un Sistema Regional Administrativo que, a nivel de Planillas y de forma transversal, procure la cancelación progresiva de la Deuda Social acumulada, tutelando los derechos constitucionales de carácter laboral, remunerativo y pensionario de los servidores adscritos al Pliego Presupuestal Nº 443 - Gobierno Regional de Arequipa. ((b)) Autorizar la implementación de acciones y medidas transversales que fl exibilicen y racionalicen de manera predecible, ordenada y transversal, el sistema presupuestario regional en todas sus fases, a partir de las cuales se garantice el pago progresivo, ininterrumpido y adecuado de la deuda social acumulada. Artículo 2º.- Defi niciones 2.1. Competencia Normativa Regional.- En el ejercicio de su competencia constitucional y orgánica, corresponde al Órgano de Gobierno de la Región (Consejo Regional), aprobar las disposiciones normativo-regionales, para que, en los niveles correspondientes del Ejecutivo se ejecuten las medidas y/o acciones necesarias a partir de las cuales se logren los propósitos señalados en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional. 2.2.Unidad Ejecutora.- Es el Órgano de Línea del Sector o el Órgano Desconcentrado o el Órgano Descentralizado que forma parte de la estructura organizacional del Gobierno Regional de Arequipa, para el ejercicio de funciones en materia de su competencia sectorial, desconcentrada o descentralizada, dentro del ámbito de la Región Arequipa y de acuerdo a la Constitución y las Leyes. En esa medida, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Regional, todos los sistemas administrativos y de gestión de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego Presupuestal Nº 443, deben cumplir con las disposiciones de la presente Ordenanza y asegurarse que el cumplimiento de las metas propias de cada sector sea efi caz a través de la utilización adecuada y transparente de los medios, recursos humanos, logísticos y presupuestales. Artículo 3º.- Implementación del Proceso de Modernización Se declara en Proceso de Implementación tanto el Sistema Administrativo de Planillas de todos los Órganos y Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego Presupuestal Nº 443, como el Sistema Presupuestario Regional para su fl exibilización y racionalización. Dicho proceso deberá ser diseñado, implementado progresivamente y consolidado en un plazo no mayor de (120) días calendario; en consecuencia, la Presidencia Regional a través de la Gerencia General Regional queda facultada para diseñar, integrar y ejecutar el siguiente tipo de medidas: 3.1. Medidas de carácter presupuestal 3.2. Medidas de carácter administrativo 3.3. Medidas de carácter organizativo Artículo 4º.- Ámbito de Aplicación La presente Ordenanza Regional será de aplicación y cumplimiento obligatorio en el ámbito territorial de la Región Arequipa. TÍTULO II Proceso de Modernización del Sistema Administrativo de Planillas Capítulo I Medidas de Carácter Presupuestal Artículo 5º.- Asignación de Gasto 5.1. Costos.- En el plazo de (15) días calendario, se deberá analizar e incorporar como Meta de Gasto, dentro del Programa de Fortalecimiento Institucional del Gobierno Regional de Arequipa, el monto referencial que la Modernización del Sistema Administrativo de Planillas de todos los órganos y Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Arequipa insuma. Estos costos deben precisar materiales, insumos, software, equipos, personal, servicios de terceros y otros gastos debidamente sustentados para el logro de los objetivos. 5.2. Fuente de Financiamiento.- La Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial de la Sede Central del Gobierno Regional, debe asignar la Fuente o Fuentes de Financiamiento que cubran los costos señalados en el punto anterior. Capítulo II Medidas de Carácter Administrativo Artículo 6º.- Sistema Regional Informático En el plazo de (60) días calendario, la Ofi cina Regional de Administración de la Sede Central del Gobierno Regional, junto con los Órganos de Línea Sectoriales y las otras Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Arequipa, deberá analizar, diseñar y presentar, en forma conjunta un Sistema Regional Informático para la elaboración, ejecución y control transversal de las Planillas del Pliego. Artículo 7º.- Informes Permanentes y Mensuales 7.1. Información Permanente.- La Gerencia Regional de Administración, a través del sistema o sistemas ‘On- Line’, deberá informar sobre los pagos ejecutados a nivel de planillas de todo el personal adscrito al Pliego Presupuestal Nº 443. 7.2. Informe Mensual.- Asimismo, la Gerencia Regional de Administración, en forma mensual y por escrito remitirá a la Gerencia General Regional en detalle, para su difusión, las planillas de pago continuas, para activos y cesantes, la planilla de pagos por derechos laborales, así como la relación de solicitudes presentadas en todos los órganos y unidades ejecutoras del Pliego Presupuestal Nº 443, para la declaración, reconocimiento y/o pago de derechos laborales y/o pensionarios, para lo cual, se deberá especifi car entre otros datos, los siguientes: A.- Nombre completo del administrado y número de documento nacional de identidad B.- Organo, Unidad u Ofi cina en la que el administrado presta(ó) servicios C.- Situación Jurídica del administrado reclamante D.- Tipo de derecho laboral o pensionario reclamado E.- Monto o montos de la reclamación o reclamaciones F.- Estado del procedimiento de la reclamación o reclamaciones G.- Disponibilidad presupuestal para el pago de la reclamación o reclamaciones G.1. Precisando: El Ejercicio Presupuestal G.2. Precisando: La Fuente de Financiamiento G.3. Precisando: El Monto disponible G.4. Precisando: La Forma de Pago G.5. Precisando: La(s) Fecha(s) de Pago Artículo 8º.- Tutela de derechos laborales y pensionarios En los procedimientos para la declaración, reconocimiento y/o pago de derechos laborales o pensionarios de los servidores adscritos al Gobierno Regional de Arequipa,