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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de marzo de 2009 392181 Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “B” mediante el Informe Nº 64- 2009-DEM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgànica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096- 2005 y Nº 716-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el traslado de su ofi cina especial ubicada en el Jr. Bap Prospero Nº 1299, Mz 2 Lote 13 1º Etapa del Pueblo Joven Belen, distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto a su nuevo local ubicado en la Av. Grau Nº 1260, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 320820-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Disposiciones Normativo Regionales para la “Modernización del Sistema de Administración de Planillas” y la “Flexibilización del Sistema Presupuestal y de Planillas para la Atención Progresiva de la Deuda Social” ORDENANZA REGIONAL Nº 072-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, a nivel del Gobierno Regional de Arequipa y los órganos sectoriales que lo conforman, se tiene que al 31 de diciembre de 2008, se ha acumulado una Deuda Social del orden de los S/. 51’216,234.00 nuevos soles, monto que se encuentra detallado en el Informe Nº 012-2009-GRA/ ORPPOT, el Informe Nº 039-2009-GRA/ORPPOT-OPT y el Resumen adjunto a los Informes señalados; Que, la Deuda Social señalada, no sólo ha sido generada por el Gobierno Nacional, sino que, además, de manera creciente viene teniendo un impacto negativo, tanto a nivel de los derechos económico-laborales y/o sociales de los señores trabajadores activos y cesantes de la administración pública adscritos al Pliego Presupuestal Nº 443, como a nivel interno en todas y cada una de las fases presupuestales del Presupuesto Regional; Que, además del origen de la Deuda Social referida, a nivel interno, se ha podido verifi car que los actuales sistemas administrativos de planillas utilizados en todos los órganos y unidades ejecutoras del Gobierno Regional de Arequipa, se caracterizan: ((a)) por presentar serias defi ciencias; ((b)) mostrar inconsistencias e inconexiones; ((c)) carecer de uniformidad, orden, predictibilidad y certeza en la satisfacción de remuneraciones en la planilla continua y en la planilla provisional; ((d)) no ser instrumentos facilitadores, y constituirse más bien, en obstáculo para atender consistentemente la Deuda Social. Que, en efecto, los referidos sistemas administrativos de planillas, no cumplen en mayor o menor con los principios de transparencia, efi cacia, celeridad y oportunidad; Que, asimismo se ha verifi cado, que los sistemas de reconocimiento y/o de pago funcionan desarticuladamente, convirtiendo en inminente y en algunos casos en efectiva la duplicidad de pagos, no se aprovechan los medios de pago de remuneraciones (abono en cuenta) y se emiten cheques que por desconocimiento de su existencia (no se informa de ellos) no se cobran para luego perderse al fi nalizar el año; Que, en este orden de ideas, mientras no se apruebe una normatividad interna regional que ordene u oriente esta problemática a partir lineamientos y procedimientos generales, predecibles, transparentes y racionales, entonces, seguirá postergándose y devendrá en inviable tanto la posibilidad de controlar, corregir y/o eliminar las situaciones actuales y futuras de derechos diferenciados al interior de un mismo sector, órgano o unidad ejecutora, como la eliminación progresiva de las diferencias entre las mismas Gerencias y la Sede Presidencial; Que, en el mismo sentido, se ha verifi cado la existencia de innumerables quejas respecto al no respeto y/o falta de uniformidad en la prelación de pagos de la deuda social, tanto cuando el reconocimiento del derecho económico se da en sede administrativa, como cuando los devengados son reconocidos judicialmente; Que, además de la acumulación de la deuda social y los retrasos en su cancelación efectiva e integral, adicionalmente, en el sistema jurídico nacional existen disposiciones nacionales vigentes que limitan y/o restringen el pago de esta deuda, con las consecuencias y perjuicios por los atrasos en su pago y su creciente acumulación; Que, en este contexto, mediante Acuerdo Regional Nº 004-2009-GRA/CR-AREQUIPA de 7 de enero de 2009, el Gobierno Regional de Arequipa, APROBÓ: Primero.- Declarar de necesidad e interés público regional, la cancelación integral, adecuada, oportuna y transparente de la deuda social que el Estado tiene acumulada y pendiente de pago a los señores trabajadores y jubilados del Gobierno Regional de Arequipa. Segundo.- Declarar en Situación de Emergencia y por lo tanto en revisión: ((a)) Los Sistemas Administrativos de Planillas de todos los órganos y unidades del Gobierno Regional; y, ((b)) Las Fuentes de Financiamiento que por todo concepto sirven y/o son utilizadas en la ejecución de los pagos de derechos laborales, remunerativos y de pensiones; ENCARGANDO al Ejecutivo Regional la elaboración y presentación de las propuestas, medidas y/o acciones que estime necesarias y/o sean pertinentes hasta el 22 de enero de 2009; Que, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28961, 28968, 29053, y, el marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA; SE ORDENA: Artículo 1º.- Disposición Aprobatoria APROBAR Disposiciones Normativo Regionales de aplicación a todos los Órganos y Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego Presupuestal Nº 443 - Gobierno Regional de Arequipa, para “la Modernización del Sistema de Administración de Planillas”, y, la “Flexibilización del Sistema Presupuestal y de Planillas para la Atención Progresiva de la Deuda Social”; Ordenanza Regional que consta de (III) Títulos y (12) artículos. Artículo 2º.- Vigencia Normativa La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. JEISTER DAVID CHÁVEZ CARNERO Presidente del Consejo Regional de Arequipa En Arequipa, a los nueve días del mes de febrero del dos mil nueve. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.