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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de marzo de 2009 393093 Municipalidad Provincial del Callao sea distinguida con el Premio Internacional “Príncipe de Asturias”,viaje que deberá realizarse los días 12 al 19 de abril de 2009; Que, mediante Memorando Nº 261-2009-MPC-GGAJC la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación hace suyo el Informe Nº 095-2009-GGAJC-SGCA de la Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo y opina que resulta procedente el viaje de los funcionarios referidos para coordinar y formalizar que la Municipalidad Provincial del Callao sea distinguida con el Premio Internacional Príncipe de Asturias, atendiendo a lo informado por la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; Que, en la Sesión de Concejo, los señores Regidores Provinciales debatieron y analizaron la importancia de enviar a dos representantes en este viaje el cual serviría para coordinar y formalizar la entrega del Premio Internacional Príncipe de Asturias, por lo cual se propuso que viajen los Regidores Provinciales Josè Alberto Danos Rochabrun y Arturo Ramos Sernaque a fi n de realizar reuniones de coordinación, protocolo y formalización de la nominación de la Ciudad del Callao al premio internacional precitado, el cual le dará relevancia internacional mostrándola al mundo entero como un lugar de gran atractivo, lo cual incentivará el fl ujo de turismo y los negocios nacionales e internacionales y el cual cuenta con un premio económico, todo lo cual justifi ca plenamente la inversión del gasto que irroga el presente viaje; Que, el Pleno del Concejo consideró de máxima importancia que los Regidores Provinciales participen del viaje, en comisión de servicios y en representación de la Municipalidad, toda vez que servirá para establecer contactos personales con representantes de otros países europeos y así poder lograr en el futuro inmediato una comunicación más continua y fl uida que se patentice en convenios de carácter interinstitucional que permitan nuevas técnicas y métodos de participación de la Ciudad del Callao en este tipo de reconocimiento internacional, lo cual favorecerá a elaborar canales más sofi sticados y efi caces de intercomunicación mundial para benefi cio directo de las comunidades ubicadas en la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao, enfatizándose la importancia de coordinar y formalizar la nominación del Callao a tan importante Premio Internacional Príncipe de Asturias; por todo lo cual se indicó que debería otorgar los días que la Ley faculta para la instalación y traslado, lo cual fue así votado y aprobado; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA: 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial del Callao, a la ciudad de Madrid-España, a los señores Regidores Provinciales José Danos Rochabrun y Arturo Ramos Sernaqué, los días 12 al 19 de abril, a fi n de coordinar y formalizar que la Municipalidad Provincial del Callao sea distinguida con el Premio Internacional “Príncipe de Asturias”, otorgándose el benefi cio contenido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. 2. Autorizar el egreso de US$ 7,622.50 dólares americanos para los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo, el mismo que estará a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detallan: JOSE ALBERTO DANOS ROCHABRUN Pasaje : US$ 1181.00 Viático (US$ 260 x 10 días) : US$ 2600.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 ARTURO RAMOS SERNAQUE Pasaje : US$ 1181.00 Viático (US$ 260 x 10 días) : US$ 2600.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 3. Dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno al país, los regidores, cuyo viaje se autoriza en el presente Acuerdo, deberán presentar a la Municipalidad Provincial del Callao, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a la que asistirán y deberán presentar rendición de cuentas de acuerdo a Ley. 4. Encargar a la Gerencia General de Administración y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 5. Dispensar el Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 328062-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN FRANCISCO DE ASIS DE YARUSYACAN Rectifican Acuerdo Nº 01-2009- MDSFAY/A referente a la ejecución de la Obra “Rehabilitación de la Carretera Batanchaca-Yarusyacan II Etapa” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 049-2009-MDSFAY/A Yarusyacan, 20 de marzo del 2009. VISTO Y CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con los enunciados del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades aprobadas por Ley Nº 27972 en concordancia con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú. Que, con fecha 4 de diciembre del año 2007, se llevó a cabo la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, con la fi nalidad de tratarse diversos puntos entre ellos la de aprobar el valor referencial del presupuesto para la ejecución de la Obra “Rehabilitación de la Carretera Batanchaca-Yarusyacan II Etapa”, el mismo que fue publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 06 de febrero del año 2009 (Acuerdo de Concejo Nº 01-2009- MDSFAY/A). Que, en forma errónea en el tercer párrafo del Acuerdo en referencia se ha consignado el informe Nº 899/GOYO/ MDSFAY/2007, emitido por el Arq. Percy Azabache Azabache en su condición de Jefe (e) de Infraestructura y Obras; por tal motivo y a efectos de sanear los documentos administrativos en referencia, se hace necesario excluir el tercer párrafo del considerando del Acuerdo Nº 01-2009- MDSFAY/A. Que, los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el contenido de la decisión, tal como lo prescribe el Art. 201 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Estando a lo expuesto y de conformidad a la Ley Nº 27444, y a las facultades conferidas por el Art. 20 inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR mediante exclusión el tercer párrafo de la parte considerativa del Acuerdo Nº 01-2009-MDSFAY/A, publicado el 06 de febrero del año 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente resolución a Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura y Obras, y demás Ofi cinas Administrativas de esta Municipalidad, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE RAÚL COLQUI CABELLO Alcalde 327697-1