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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395243 futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Viceministerio de Políticas para la Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de los siguientes ofi ciales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, del 14 al 20 de mayo de 2009, para sostener reuniones con autoridades del Ministerio de Defensa, en el marco de su viaje de estudios: 1) CORONEL USA ELIZABETH A. BIERDEN 2) CORONEL USA WILLIAM L. WIMSISH 3) CAPITAN DE NAVIO USN SCOTT COOLEDGE 4) CAPITAN DE NAVIO USCG ROBERT B. WATTS 5) TENIENTE CORONEL USA KENNETH W. SCOTT 6) COMANDANTE USMC WAYNE A. SINCLAIR 7) COMANDANTE USAF STEVEN J. BLEYMAIER 8) COMANDANTE USAF THOMAS E. ENGLE Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 343100-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 402-2009 DE/SG Lima, 30 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 381 de fecha 17 de abril de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el marco de la Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de la República Federativa del Brasil y el Ejército del Perú, se ha coordinado la participación de un (01) Ofi cial de la República del Brasil, en el Curso de Francotiradores del Ejército Peruano; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República del Teniente Alexandre da Silva Ferreira, del 02 de mayo al 15 de setiembre de 2009, para participar en el Curso de Francotiradores del Ejército del Perú Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 343100-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de funcionario del OSCE a Bélgica para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones para un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Países Andinos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 048-2009-EF Lima, 30 de abril de 2009 Visto el Ofi cio Nº 100-2009/PRE-SGE, del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE -, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 04 al 08 de mayo de 2009, se desarrollará en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, la Tercera Ronda de Negociaciones para un Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Países Andinos; Que, mediante Facsímiles Circulares Nºs 132 y 147- 2009-MINCETUR/VMCE/DNINCI, el Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Vice Ministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del OSCE, en la mesa de negociación que corresponde al Capítulo de Contratación Pública, a llevarse a cabo del 06 al 08 de mayo de 2009; Que, en tal sentido, el OSCE ha designado al señor Mario Fabricio Arteaga Zegarra, Coordinador de Asuntos Internacionales, para que participe en la mencionada mesa de negociación; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje del referido funcionario, debiendo el OSCE asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Mario Fabricio Arteaga Zegarra, Coordinador de Asuntos Internacionales del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE -, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 04 al 09 de mayo de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE -, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 2 338,64 Viáticos : US$ 1 300,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25