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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2009 (01/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de mayo de 2009 395247 22 DE MAYO Ministerio de Educación: USES 01,03 y 07 Gobiernos Locales-Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa 25 DE MAYO Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Ministerio de Salud Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Producción Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura Ministerio del Ambiente 26 DE MAYO Ministerio del Interior Fuero Militar Policial Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Ordenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces. La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electrónico, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Viceministro de Hacienda 343333-1 INTERIOR Autorizan viaje de funcionarios de la Dirección General de Migraciones y Naturalización a Bélgica para participar en la “III Ronda de Negociación para la suscripción del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2009-IN Lima, 30 de abril de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 1681-2009-IN-SDAINT del 22 de abril de 2009, de la Dirección General de Migraciones y Naturalización sobre participación de funcionarios en la “III Ronda de Negociación para la suscripción del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos”. CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil Nº 132-2009-MINCETUR/ VMCE/DNINCI, recibido con fecha 3 de abril de 2009, el señor Eduardo Brandes, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, comunicó a la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior que la “III Ronda de Negociación para la suscripción del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos”, se llevará a cabo del 4 al 8 de mayo de 2009; en la ciudad de Bruselas, Bélgica; Que, mediante Memorando Nº 105-2009-IN-1601-DG, del 13 de abril de 2009, el Director General de Migraciones y Naturalización, designa a la señorita abogada Lissete Elizabeth Ortega Orbegoso y al I.M. Francisco Guerrero Gonzáles, quienes prestan servicios en la Subdirección de Asuntos Internacionales, Integración y Coordinación de la Dirección General de Migraciones y Naturalización, para asistir al mencionado evento; Que, la participación de los representantes de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior en la mencionada Ronda de Negociación, buscará establecer las pautas necesarias para un ordenado fl ujo migratorio entre los países involucrados con incidencia en el tránsito de personas de negocios entre otros aspectos migratorios; Que, el inciso 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior; Que, la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Administración del Ministerio del Interior, emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 981-2009- IN-0503, del 23 de abril de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 77º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y establece que la Resolución de Autorización de Viajes al Exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo y el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUA); y, De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a propuesta del Director General de Migraciones y Naturalización, el viaje de la señorita abogada Lissete Elizabeth Ortega Orbegoso y del I.M. Francisco Guerrero Gonzáles de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior del 3 al 9 de mayo de 2009, para asistir a la “III Ronda de Negociación para la suscripción del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos”, en la ciudad de Bruselas, Bélgica. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo