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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de noviembre de 2009 405487 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Carlos Manuel WESTON Zanelli, CIP. 06712447, DNI. 43307304 y Capitán de Navío SGC. Manuel Gilberto HINOJOSA López, CIP 00803558, DNI. 07798085, para que participen en el 103º Período de Sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), 26º Periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organización Marítima Internacional (OMI) y 25º Período de Sesiones Extraordinario del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres - INGLATERRA, a partir del 19 de noviembre al 4 de diciembre de 2009. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Londres (INGLATERRA) - Lima US$. 2,284.00 x 2 personas Viáticos: US$. 260.00 x 16 días x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31 x 2 personas Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 417214-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 DECRETO SUPREMO Nº 241-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres “JUNTOS”, el mismo que se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales – CIAS y tiene por fi nalidad ejecutar transferencias directas en benefi cio de las familias más pobres de la población tanto rurales como urbanas; Que, el Programa JUNTOS viene facilitando a las familias benefi ciadas, con su participación y compromiso voluntario, prestaciones de salud, nutrición, de educación e identidad, orientadas a asegurar la salud y nutrición preventiva materno-infantil, la escolaridad sin deserción, así como el registro e identifi cación, dirigido a la población de mayor vulnerabilidad, en situación de extrema pobreza, riesgo y exclusión, con el objetivo de promover el ejercicio de sus derechos fundamentales, a través de la articulación de la oferta de servicios en nutrición, salud, educación e identidad; Que, el Programa JUNTOS, se constituye en una herramienta, reconocida a nivel nacional e internacional, que coadyuva a procurar la inclusión social de los hogares más pobres; por lo cual se ha consolidado como el principal soporte de la Estrategia Nacional CRECER, en aquellos distritos con elevados índices de pobreza y desnutrición; Que, resulta necesario garantizar en el Año Fiscal 2009, la atención de la población benefi ciaria de los 638 distritos ubicados en las 14 regiones donde viene interviniendo el Programa, para lo cual se requiere contar con el correspondiente fi nanciamiento; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Ofi cios Nºs 1036 y 1298- 2009-PCM/DM, solicita una transferencia con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia, para atender el fi nanciamiento requerido por el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres “JUNTOS”; Que, en la Reserva de Contingencia del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, se ha previsto recursos para atender las actividades de los Programas