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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de noviembre de 2009 405489 solicitado una Transferencia de Partidas por la suma de UN MILLÓN NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 091 850,00), para ser destinados a fi nanciar el cumplimiento de acciones vinculadas a la consistencia y el procesamiento de la información de campo para la validación de los Padrones de Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche, y concluir con el procesamiento y análisis de los datos del IV Censo Nacional Económico, acciones referidas en los considerados precedentes; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos que permiten dar cobertura al requerimiento efectuado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de UN MILLÓN NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 091 850,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de UN MILLÓN NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 091 850,00), a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, para ser destinados a fi nanciar las acciones vinculadas a la consistencia y el procesamiento de la información de campo para la validación de los Padrones de Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche, y concluir con el procesamiento y análisis de los datos del IV Censo Nacional Económico, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 1 091 850,00 ============ TOTAL 1 091 850,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 005 : Información Pública SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0006 : Información Pública ACTIVIDAD 021471 : Producción y Difusión de Información Estadística FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios 1 091 850,00 ============ TOTAL 1 091 850,00 ============ Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación Institucional 2.1 El Titular de Pliego aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) días de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el Artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la respectiva Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi caciones Presupuestarias” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 417214-2 Cronograma de pago de pensiones y otras prestaciones sociales y de personal y obligaciones sociales en la Administración Pública, correspondiente al mes de noviembre de 2009 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2009-EF/77.01 Lima, 2 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; Que, asimismo es necesario incluir en el indicado Cronograma a los Gobiernos Locales comprendidos en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa a que se refi ere el Decreto de Urgencia N° 044-2009; De conformidad con lo establecido en el Artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por la Resolución Vice Ministerial N° 148-99-EF/ 13.03, modifi cado por el Artículo Único de la Resolución Ministerial N° 416-2005-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El pago de Pensiones y Otras Prestaciones Sociales y de Personal y Obligaciones