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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de noviembre de 2009 405493 de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; Que, conforme a lo señalado en Informe Técnico Nº 02-2009-IN, por la Oficina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, no es posible realizar un proceso de selección cuya finalidad sea seleccionar a un solo proveedor para la prestación de determinado servicio y además no sería posible realizar una evaluación uniforme debido a que cada medio reúne sus propias características y se dirige a diversos públicos; Que, en tal sentido se ha confi gurado la causal prevista en el literal f) del artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, por lo que resulta procedente aprobar la exoneración para la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria 2009;. Que, se ha verifi cado que la presente contratación no se encuentra prevista en el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio del Interior por lo que resulta necesario realizar las acciones que correspondan para su inclusión; De conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar por la causal de servicios personalísimos la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitaria aprobado por la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, hasta por el monto de S/. 979 394,88 (Novecientos setenta y nueve mil trescientos noventa y cuatro con 88/100 Nuevos soles, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 2º.- Conforme a lo expresado en el Informe Técnico Nº 02-2009-IN, de la Ofi cina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, los medios de comunicación con los que se contratará para la ejecución del Plan de Estrategia Publicitada son los que a continuación se detallan: Radio Programas del Perú (RPP) S/. 70 271,88 Panamericana Radio S/. 26 920,08 Moda S/. 34 272,00 Frecuencia Latina S/. 219 628,62 América Televisión S/. 318 872,40 Panamericana Televisión S/. 50 522,55 Andina de Radio Difusión S/. 226 253,75 Red Global S/. 32 653,60 Artículo 3º.- Autorizar a la Ofi cina General de Administración a efectuar las contrataciones con los medios de comunicación señalados en el artículo precedente, en forma directa mediante acciones inmediatas, conforme a lo dispuesto en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General del Ministerio del Interior previo a lo señalado en los artículos precedentes, proceda a la modifi cación del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Ofi cina General de Administración, para la inclusión de la presente contratación. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General del Ministerio del Interior, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de aprobación, así como en la página web del Ministerio del Interior, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 6º.- Encargar a la Secretaría General del Ministerio del Interior que remita copia de la presente Resolución, así como los informes técnico y legal que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días siguientes a la aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior 417120-1 JUSTICIA Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados de diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 251-2009-JUS Lima, 2 de noviembre de 2009 Vistas las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certifi cados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el artículo 24° de la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo N° 004- 2007-JUS norma de creación de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena, la Resolución Ministerial N° 193-2007-JUS, Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena y los incisos 8) y 21) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos sentenciados de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República: ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE LURIGANCHO 1. PARIGUANA CHALLCO, WILBERTH, SIXTO o PARIGUANA CHALCO, WILBERT SIXTO, conmutarle de 06 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de diciembre de 2009. 2. HUAMAN ARENAS, ERNESTO, conmutarle de 07 años a 03 años 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de julio de 2010. 3. BAZAN LA BARRERA, ADAN RONALD, conmutarle de 10 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 27 de septiembre de 2010. 4. RODRIGUEZ ALBURQUEQUE, LUIS ALBERTO, conmutarle de 08 años a 04 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 11 de mayo de 2010. 5. ECHEVARRE NUÑEZ, JOSE LUIS, conmutarle de 10 años a 04 años 08 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 30 de junio de 2010. 6. SALVATIERRA CONTRERAS, FILOMENO, conmutarle de 07 años a 03 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 27 de octubre de 2010.