Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de noviembre de 2009 405499 La Resolución Ministerial Nº 1378-2009-RE, que fi ja el 30 de noviembre de 2009, como la fecha de término de funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Finlandia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 227-2008-RE, se nombró al citado funcionario, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Lituania, con residencia en la ciudad de Helsinki, República de Finlandia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 238-2008-RE, se le nombró para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Estonia, con residencia en la ciudad de Helsinki, República de Finlandia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 239-2008-RE, se le nombró para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República de Letonia, con residencia en la ciudad de Helsinki, República de Finlandia; Que, en tal sentido, procede dar término al nombramiento como Embajador Concurrente ante la República de Lituania, la República de Estonia y la República de Letonia, con residencia en la ciudad de Helsinki, República de Finlandia, que viene ejerciendo el citado funcionario diplomático; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Félix César Calderón Urtecho, como Embajador Concurrente ante la República de Lituania, la República de Estonia y la República de Letonia, con residencia en la ciudad de Helsinki, República de Finlandia, con fecha 30 de noviembre de 2009. Artículo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 417214-8 Autorizan al IPD, Ministerio de Relaciones Exteriores, INDECOPI y al CONCYTEC efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 348-2009-RE Lima, 2 de noviembre de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 627-P-IPD/2009 de fecha 21 de setiembre de 2009, del Instituto Peruano del Deporte por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas del año 2009 al Consejo Iberoamericano del Deporte (CID) y a la Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Instituto Peruano del Deporte; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Peruano del Deporte a efectuar el pago de cuotas, a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Consejo Iberoamericano del Deporte (CID) 1,500.00 Cuota 2009 Agencia Mundial Antidopaje (WADA-AMA) 18,346.00 Cuota 2009 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 417214-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 349-2009-RE Lima, 2 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 –Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 680,000.00