Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2009 (06/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405709

Integral del sector de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Provincial Nº 00065 del 23 de Noviembre de 2008, pero cuyo trazo definitivo aun no ha sido aprobado, por lo que el mismo debe quedar pendiente de ejecucion para la recepcion definitiva de la habilitacion MORDAZA, toda vez que este podria quedar afectado por la linea de alta marea y lo dispuesto en la ley Nº 26856 del 08 de septiembre de 1997 respecto a la MORDAZA de dominio restringido. Que, mediante expediente Nº 10506465 T del 25 de junio de 2009, la administrada remite MORDAZA de la licencia de construccion Nº 067-2005 MPC GGDU-GO ­OLC, asi como MORDAZA del Certificado de Finalizacion de Obra parcial Nº 002-2006 MPC-GGDU, y la ampliacion de declaratoria de fabrica Nº 002-2006 MPC-GGDU-GOOLC del inmueble materia de MORDAZA de habilitacion MORDAZA inscrito en la Partida Electronica Nº 70267057 de la oficina Registral Callao Sunarp, donde se aprecia que respecto a la denominada Avenida Playa Oquendo (antes Av. Playa Rimac) se consideraba una seccion normativa de 33ml. y que por disposicion de la Ordenanza Provincial Nº 065, ahora corresponde una seccion normativa de 30 ml.. Que, debe precisarse que mediante Resolucion Directoral Nº 307-2006/DLG del 26 de MORDAZA de 2006 de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, otorgo a la empresa Tecnologica de Alimentos S.A. el derecho de uso de un area acuatica de 13, 418.78 m2 para utilizarlo como habilitacion de sistemas orientados a incrementar la eficiencia en la descarga, operaciones de flota, planta de harina de pescado y congelado de la planta situado en la MORDAZA de playa Oquendo, provincia constitucional del Callao, teniendo una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2033, ello de conformidad a lo dispuesto en el articulo B-010103 del reglamento de la Ley Nº 26620 Ley de Control y Vigilancia de las actividades Maritimas Fluviales y Lacustres que establece que para efectos de la aplicacion del Reglamento la franja riberena de 50 metros contados a partir de la linea de mas alta marea sera considerada area acuatica, correspondiendole a la autoridad maritima otorgar derechos de uso de terrenos situados en dicha franja, para la construccion e instalacion de malecones u otras obras de uso publico, turistico recreativo, asi como las dedicadas exclusivamente a actividades relacionadas con el uso MORDAZA tales como astilleros, varaderos, marinas muelles o dedicadas a la explotacion de recursos. Que, estando a los considerandos senalados y habiendo cumplido la administrada con los requisitos tecnicos senalados en el Texto Unico De Procedimientos Administrativos -TUPA vigente, al estar pendientes las obras de agua potable, alcantarillado, pistas y veredas de la Av. Malecon Oquendo, ello debido a que la administracion municipal aun no ha determinado el estudio integral del trazo definitivo de la referida avenida; Con el visto MORDAZA de la Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro; y estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79° de la Ley Organica de Municipalidades 27972 y Ley N° 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 19° de la Ley 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y Articulo 36° del Decreto Supremo N° 024-2008-Vivienda, que Aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencia de edificacion, y en uso de la facultades senaladas en la Resolucion de Alcaldia Nº 334-2007 del 21 de MORDAZA de 2007. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR EL PLANO Nº 010-2009MPC-GGDU-GPUC DE TRAZADO Y REPLANTEO DE RECEPCION PARCIAL DE OBRAS DE HABILITACION MORDAZA terreno ubicado con frente a la Av. MORDAZA Gambetta - Km. 14. 10, del Distrito y Provincia Constitucional del Callao, de propiedad de la empresa Tecnologica de Alimentos S.A. (TASA), inscrito en la Partida Electronica Nº 70267057, del Registro de predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; quedando pendiente de recepcionar

las obras faltantes de instalaciones de agua potable, alcantarillado, pistas y veredas de la Avenida Malecon Oquendo. Articulo Segundo.- OTORGAR un plazo de TREINTA Y SEIS (36) meses para que la empresa Tecnologica de Alimentos S.A. (TASA), ejecute las obras faltantes, contado a partir de la notificacion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion de la Recepcion Parcial de Obras del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA, al Ministerio de Educacion, y a la Superintendencia de Bienes Estatales (SBN) para los fines de ley. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano", en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- CUMPLASE con notificar al administrado conforme lo dispuesto en el articulo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, para los fines de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA F. ECHAZU MORDAZA Gerente General Gerencia General de Desarrollo MORDAZA 418065-1

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Modifican procedimiento del MORDAZA de la Municipalidad denominado "Utilizacion de Instalaciones Deportivas de Propiedad Municipal"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2009-CDB Bellavista, 26 de octubre de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Bellavista, en lo referido al procedimiento Nº 8 de la Direccion de Servicios Sociales - Division de Recreacion y Deportes, denominado "Utilizacion de Instalaciones Deportivas de Propiedad Municipal", conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente norma. Articulo 2º.- Autorizar a la administracion municipal aplicar un descuento del 50% para los vecinos de la Urbanizacion Jardines MORDAZA debidamente empadronados, por el uso de las instalaciones del Complejo Deportivo "Marcos Calderon" durante la noche. Asimismo, se autoriza la aplicacion de un descuento del 50% para los vecinos debidamente empadronados de la Urbanizacion MORDAZA del Pescador, por el uso de las instalaciones del Complejo Deportivo "Gualberto Lizarraga" (losa deportiva durante la noche y/o MORDAZA de futbol todo el dia). En ambos casos, los requisitos del empadronamiento seran establecidos por la Direccion de Servicios Sociales. Articulo 3º.- Disponer la publicacion del texto completo de la presente Ordenanza y su anexo, en el MORDAZA institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista

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