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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (06/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de noviembre de 2009 405699 Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros el traslado de agencia de uso compartido ubicada en el distrito, provincia y departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS N° 14281-2009 San Isidro, 28 de octubre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por La Positiva Seguros y Reaseguros, para que se le autorice el traslado de la Agencia de uso compartido con La Positiva Vida Seguros y Reaseguros, autorizada mediante Resolución SBS N° 1792- 2005 de fecha 05 de diciembre de 2005, de la Tienda N° 130 de Portal Mantas y Ofi cina N° 5 de Portal Mantas N° 128, distrito, provincia y departamento de Cusco al Lote 04, Manzana G, Urbanización Magisterio, segunda etapa, distrito, provincia y departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 365-94 de fecha 02 de junio de 1994, se autorizó a La Positiva Seguros y Reaseguros el traslado de una Agencia ubicada en la Av. El Sol N° 457, distrito, provincia y departamento de Cusco a la Tienda N° 130 de Portal Mantas y Ofi cina N° 5 de Portal Mantas N° 128 de la misma localidad, y cuyo uso compartido con La Positiva Vida Seguros y Reaseguros fue autorizado mediante Resolución SBS N° 1792-2005 del 05 de diciembre de 2005; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “B”, mediante Informe N° 117-2009-ASSSB; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modifi catorias, la Resolución SBS N° 775-2008; y, en virtud de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, el traslado de la Agencia de uso compartido con LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, de la Tienda N° 130 de Portal Mantas y Ofi cina N° 5 del Portal Mantas N° 128, distrito, provincia y departamento de Cusco al Lote 04, Manzana G, Urbanización Magisterio, segunda etapa, distrito, provincia y departamento de Cusco. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser notifi cada a través de Secretaría General a La Positiva Seguros y Reaseguros y a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros. Artículo Tercero.- Lo dispuesto en la presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, quedando sin efecto a partir de dicha fecha la Resolución SBS N° 365- 94 y la Resolución SBS N° 1792-2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 418298-1 Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank precisar o rectificar la dirección de diversas agencias ubicadas en los departamentos de Lima, Moquegua, Junín y La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 14294-2009 Lima, 30 de octubre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice precisar y/o rectifi car la dirección de dieciocho de sus agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 529-98, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Capón; Que, mediante Resolución SBS Nº 414-02, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Manco Cápac; Que, mediante Resolución SBS Nº 1105-99, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Venezuela; Que, mediante Resolución SBS Nº 252-01, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Rivera Navarrete; Que, mediante Resolución SBS Nº 1105-99, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda San Luis; Que, mediante Resolución SBS Nº 1105-99, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Las Artes; Que, mediante Resolución SBS Nº 568-07, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Argentina; Que, mediante Resolución SBS Nº 1682-07, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Rímac Alcázar; Que, mediante Resolución SBS Nº 568-07, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Morelli; Que, mediante Resolución SBS Nº 1439-05, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda MM Dos de Mayo; Que, mediante Resolución SBS Nº 1851-05 esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda MM Monterrico; Que, mediante Resolución SBS Nº 1105-99, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda MM Las Gardenias; Que, mediante Resolución SBS Nº 317-05, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Norte; Que, mediante Resolución SBS Nº 470-94, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Ilo; Que, mediante Resolución SBS Nº 1105-99, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Cañete; Que, mediante Resolución SBS Nº 1105-99, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Huaral; Que, mediante Resolución SBS Nº 10680-08, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda La Oroya; Que, mediante Resolución SBS Nº 9747-08, esta Superintendencia autorizó al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda La Esperanza; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank se precise y/o rectifi que la dirección de dieciocho de sus agencias, según se indica: 1. Tienda Capón, sito en: Jr. Ucayali Nº 794-798 esquina con Jr. Paruro 800, distrito, provincia y departamento de Lima;