Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2009 (14/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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a) INFLUENZA EQUINA (serotipos A/equi 1 y A/equi 2): Vacunacion recibida en un lapso no menor de 15 dias ni mayor de 180 dias, MORDAZA de su embarque. IV. A su arribo al Peru, el o los animales seran sometidos a un periodo de cuarentena oficial de 30 dias en un establecimiento de cuarentena autorizado previamente al arribo de los animales, durante el cual se obtendran muestras para descartar la siguientes enfermedades: - MUERMO: Maleina y Fijacion de Complemento. - ARTERITIS VIRAL EQUINA: Virus Neutralizacion o MORDAZA - ANEMIA INFECCIOSA EQUINA: Inmunodifusion en gel de MORDAZA (prueba de Coggins) o MORDAZA competitivo y MORDAZA no competitivo. - ESTOMATITIS VESICULAR: Seroneutralizacion o ELISA. - ENCEFALITIS EQUINA VENEZOLANA: Prueba MORDAZA de captura de IgM realizada a los 14 dias de iniciada la cuarentena (animales no vacunados) - BABESIASIS: Fijacion Inmunofluorescencia Indirecta. de Complemento o

Que, el articulo 16º inciso 16.3) de la Ley Nº 28708 Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad senala que las Entidades del sector privado efectuaran el registro contable de sus transacciones con sujecion a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad; Que, mediante Resolucion Nº 041-2008-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad se aprobo el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial (PCGE), que entrara en vigencia a partir del 1 de enero del ano 2010, recomendandose su aplicacion anticipada en el ano 2009; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 10º de la Ley Nº 28708 Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Difierase el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial hasta el 1 de enero del ano 2011, con aplicacion optativa en el ano 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Normativo de Contabilidad MORDAZA L. DE MORDAZA MORDAZA Representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria MORDAZA GREEN MORDAZA Representante del Banco Central de Reserva del Peru MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Representante de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Representante de las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del MORDAZA MORDAZA MORDAZA APACLLA Representante del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Representante de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores

V. El o los animales seran sometidos a tratamientos contra los parasitos internos y externos, durante la cuarentena postentrada con productos autorizados por el SENASA. VI. El SENASA dispondra las medidas sanitarias que estime conveniente durante la cuarentena post-entrada. ESTOS REQUISITOS ZOOSANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN COLOMBIA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS ZOOSANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS MORDAZA DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA, SIN LUGAR A RECLAMO.

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ECONOMIA Y FINANZAS
Difieren el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCION Nº 042-2009-EF/94
MORDAZA, 11 de noviembre de 2009 VISTO: Los documentos de Presidencia de la Camara de Comercio de MORDAZA N° P/184.07.09/GL y CONFIEP PRE453/09 referente a prorrogar la entrada en vigencia obligatoria del Plan Contable General Empresarial CONSIDERANDO: Que, el articulo 40º de la Ley Nº 28112 Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de organos, politicas, principios, normas y procedimientos de contabilidad de los sectores publico y privado, de aceptacion general y aplicados a las entidades y organos que los conforman y que contribuyen al cumplimiento de sus fines y objetivos; Que, el articulo 10° de la Ley Nº 28708, senala que las atribuciones del Consejo Normativo de Contabilidad son estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad de los sectores publico y privado; emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado; y absolver consultas en materia de su competencia;

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PRODUCE
Aceptan renuncia de Director General de Industria
RESOLUCION MINISTERIAL N° 487-2009-PRODUCE
MORDAZA, 13 de noviembre del 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 199-2009PRODUCE del 08 de MORDAZA de 2009, se designo al senor MORDAZA MORDAZA TAVERA COLUGNA en el cargo de Director General de Industria del Ministerio de la Produccion; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que corresponde dictar el acto de administracion por el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594 Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el

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