Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2009 (14/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de noviembre de 2009

pesquero para desarrollar actividades de procesamiento, a traves de las plantas de enlatado de productos hidrobiologicos, y harina de pescado residual, accesoria y complementaria al funcionamiento de la citada actividad, y ser de uso exclusivo para el procesamiento de los residuos y pescado descartado provenientes de su planta de enlatado, a ubicarse en la Av. Los Pescadores 1150, Mz. A, Lote 5, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con capacidades proyectadas de 2 500 cajas/turno y 10 t/h, respectivamente; Que mediante el escrito del visto, la administrada solicita renovacion del plazo de autorizacion de instalacion, para concluir con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero senalado en el considerando anterior; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en autos y del resultado de la inspeccion tecnica efectuada al citado establecimiento industrial, se desprende que la recurrente se encuentra dentro de lo establecido en el numeral 52.1 del articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento N° 27 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la renovacion del plazo de autorizacion solicitado, al haberse determinado un avance de inversion mayor al 55% del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 5932009-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con los articulos 43°, inciso b), numeral 4), 44° y 46° de la Ley General de Pesca- Decreto Ley Nº 25977, los articulos 49° y 52° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Renovar el plazo de autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero, otorgado a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. con Resolucion Directoral N° 6792008-PRODUCE/DGEPP; a fin de que se concluya con la instalacion de las plantas de procesamiento de enlatado y harina de pescado residual, ubicado en la Av. Los Pescadores 1150, Mz. A, Lote 5, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2°.- Otorgar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., por unica vez, ampliacion del plazo por el periodo de un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolucion, para que la administrada concluya con la instalacion de su establecimiento industrial pesquero y desarrollar las actividades de procesamiento de enlatado de productos hidrobiologicos y harina de pescado residual. Previo al inicio de sus actividades productivas, solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de las capacidades instaladas y el otorgamiento de la correspondiente licencia de operacion. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4°.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Reclasifican Ruta Nacional de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº HU-113
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 760-2009-MTC/02
MORDAZA, 11 de noviembre de 2009 VISTOS: Los Oficios Nº 435-2009-GRH/PR, Nº 1275-2009GRH-GRPPAT y Nº 382-2009-GRH/GGR del Gobierno Regional de Huanuco; el Informe Nº 508-2009-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos y el Memorandum Nº 32552009-MTC/14 del Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 435-2009-GRH/PR recibido el 25 de agosto de 2009, el Gobierno Regional de MORDAZA solicito la reclasificacion temporal de la Via Nacional, Eje Longitudinal MORDAZA o Eje Nº PE-5, Ramal PE-05NA (Variante) a Ruta Departamental, con la finalidad de posibilitar la evaluacion del Estudio de Pre Inversion a Nivel de Pre Factibilidad del Proyecto: "Construccion de la Carretera de Empalme Peripecia ­ Carretera La Marginal (Ruta 5N) en el Distrito de Codo de Pozuzo, Provincia de Puerto Inca" y culminar los estudios del mismo para su ejecucion, el cual se encuentra priorizado en el Programa Multianual de Inversion Publica 2009 ­ 2011; Que, a traves del Oficio Nº 382-2009-GRH/GGR recibido el 21 de setiembre de 2009, el Gobierno Regional de MORDAZA remitio a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, un plano de ubicacion de la via a reclasificar, asi como la opinion de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emitida con Oficio Nº 1275-2009-GRH-GRPPAT de fecha 18 de setiembre de 2009, senalando que el Proyecto: "Construccion de la Carretera de Empalme Peripecia ­ Carretera La Marginal (Ruta 5N) en el Distrito de Codo de Pozuzo, Provincia de Puerto Inca" cuenta con los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios ­ Inversiones, asegurando de esta forma la culminacion de los Estudios de Pre Inversion asi como de Inversion (Ejecucion); Que, con Informe Nº 508-2009-MTC/14.07 de fecha 22 de setiembre de 2009, la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles considero procedente la reclasificacion temporal de la jerarquia de la Ruta Nacional PE ­ 5N A de Trayectoria: Emp. PE5N (Pte. Paucartambo) ­ MORDAZA Cantarizu ­ Oxapampa ­ Huancabamba ­ Pozuzo ­ Codo de Pozuzo ­ San MORDAZA del Codo ­ Emp. PE-5N (Dv. San MORDAZA del Codo), en el Tramo: Limite Pasco / MORDAZA ­ Dv. Codo de Pozuzo ­ San MORDAZA del Codo ­ Emp. PE-5N (Dv. San MORDAZA del Codo) de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº HU-113; a fin que el Gobierno Regional de MORDAZA realice las inversiones correspondientes en un plazo de tres (03) anos, contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Ministerial que apruebe la referida reclasificacion; Que, mediante Memorandum Nº 3255-2009-MTC/14 de fecha 24 de setiembre de 2009, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles recomendo, en virtud del Informe Nº 508-2009-MTC/14.07, la reclasificacion temporal de la jerarquia de la Ruta Nacional PE ­ 5N A, como Ruta Departamental o Regional en el Tramo: Limite Pasco / MORDAZA ­ Dv. Codo de Pozuzo ­ San MORDAZA del Codo ­ Emp. PE-5N (Dv. San MORDAZA del Codo), asignandosele temporalmente el Codigo Nº HU113, hasta la culminacion de los trabajos; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, el Gobierno Nacional,

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