Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2009 (21/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

406376
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de noviembre de 2009

- 6.7.2 Fondo Fijo para MORDAZA Chica Periferica, Rubro 09, Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Ratifiquese en todos sus extremos las especificas del gasto indicadas en los Incisos 6.7.1 y 6.7.2 del numeral 6.7 del Articulo VI de la Directiva Nº 001-2009-SGDICNI-GP/MDSJL aprobada mediante Decreto de Alcaldia Nº 003 de fecha 19/01/2009 y modificada mediante Decreto de Alcaldia Nº 005 de fecha 11/02/2009. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificacion, a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Cooperacion Nacional e Internacional y a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
425046-1

Visto el Informe Nº 1019-2009-GP/MDSJL de fecha 19/10/2009 de la Gerencia de Planificacion; CONSIDERANDO: Que, el Fondo Fijo de MORDAZA Chica tiene por finalidad atender con oportunidad los gastos menudos y urgentes que demanden su cancelacion inmediata o que por su finalidad y caracteristicas no puedan ser debidamente programadas; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 003 de fecha 19/01/2009 se aprobo la Directiva Nº 001-2009-SGDICNIGP/MDSJL "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" la misma que en su numeral 6.7 del articulo VI establece y precisa las especificas de gastos y rubro de financiamiento en las cuales se ejecutaran los gastos con cargo a la MORDAZA chica central y MORDAZA periferica; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 005 de fecha 11/02/2009 se modifico los Incisos 6.7.1 y 6.7.2 del numeral 6.7 del Articulo VI de la Directiva Nº 001-2009SGDICNI-GP/MDSJL, aprobada mediante Decreto de Alcaldia Nº 003 de fecha 19/01/2009, conforme se detalla en el correspondiente anexo que forma parte integrante del senalado decreto; Que, el numeral 5.6 del articulo V de la Directiva Nº 001-2009-SGDICNI-GP/MDSJL "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" precisa que la autorizacion del gasto con cargo al Fondo Fijo para MORDAZA Chica corresponde a los titulares de las Secretarias, Gerencias, Sub Gerencias o Unidades Organicas que generaron el gasto, y en el numeral 5.9 del indicado articulo se precisa que los Gerentes, Jefes u otras personas que MORDAZA uso de la MORDAZA Chica, son responsables del mal uso o desembolsos indebidos o injustificados que autoricen; Que, la Gerencia de Planificacion mediante Informe Nº 0191-2009-GP/MDSJL de fecha 19/10/2009 teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y conforme a las coordinaciones efectuadas con las unidades organicas pertinentes senala que la MORDAZA Chica constituye un fondo renovable y permanente destinado a atender gastos urgentes e imprevistos por lo que resulta necesario dotarle de los mecanismos y procedimientos administrativos que le permitan una adecuada fluidez en su administracion y manejo, siendo de la opinion que se modifique los Incisos 6.7.1 y 6.7.2 del numeral 6.7 del articulo VI de la Directiva Nº 001-2009-SGDICNIGP/MDSJL los que deberan quedar redactados con el siguiente tenor literal: - 6.7.1 Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central, Rubro 09, Recursos Directamente Recaudados - 6.7.2 Fondo Fijo para MORDAZA Chica Periferica, Rubro 09, Recursos Directamente Recaudados Estando a lo expuesto, y lo dispuesto en el Art. 20, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar los Incisos 6.7.1 y 6.7.2 del numeral 6.7 del Articulo VI de la Directiva Nº 001-2009-SGDICNI-GP/MDSJL "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho" aprobada mediante Decreto de Alcaldia Nº 003 de fecha 19/01/2009 y modificada mediante Decreto de Alcaldia Nº 005 de fecha 11/02/2009, los mismos que quedaran redactados con el siguiente tenor literal: - 6.7.1 Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central, Rubro 09, Recursos Directamente Recaudados.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Modifican el Procedimiento Administrativo Nº 67 del MORDAZA denominado "Constancia de Posesion"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 25-ALC/MVES

MORDAZA El MORDAZA, 5 de noviembre del 2009 Visto: El Informe Nº 512-2009-UDITIE/OPP-MVES del 30.09.2009, suscrito por el Jefe de la Unidad de Desarrollo Institucional, tecnologia de la informacion y Estadistica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 145-MVES, de fecha 18.10.2006 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador; en tanto que mediante el Decreto de Alcaldia Nº 024-2008-ALC/MVES de fecha 31.12.2008 se aprobo la adecuacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), a la Nueva Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de MORDAZA El Salvador. Que, mediante el documento senalado en la parte expositiva se propone la modificacion del Procedimiento Administrativo Nº 67 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, denominada "Constancia de Posesion", dicha propuesta comprende 02 aspectos: 1) Racionalizar y optimizar el procedimiento para la obtencion de dicha MORDAZA mediante la eliminacion de algunos pasos innecesarios y la reduccion del plazo para su otorgamiento de 10 dias(actualmente) a 6 dias (propuesta). Para ello se propone la delegacion de funciones, especificamente en lo que respecta a la derivacion de la solicitud de MORDAZA de posesion al Despacho de Alcaldia; 2) Reducir los costos que genera dicho procedimiento al administrado: de S/.74,96 (actualmente) a S/.40.44 (propuesta), ello en consecuencia de la eliminacion de pasos y delegacion de funciones MORDAZA citada. Que, la propuesta MORDAZA citada se sustenta legalmente en lo establecido por la Ley Nº 28687- Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos; asi como en lo establecido por el articulo 79º de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades,

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