Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2009 (21/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

406374

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de noviembre de 2009

Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su Articulo Primero del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6.Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones Urbanas, Que, mediante Acuerdo Nº 02 tomado en Sesion Nº 010-2008-CTDHU/MDA, de fecha 29 de Agosto de 2,008, la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas, emitio dictamen FAVORABLE, el Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, para Uso Residencial Densidad Media "RDM",y Comercio Vecinal "CV", del terreno MORDAZA con un area de 755.00 m2 con frente a la MORDAZA Uno Mz. 26 Lote "E", de la Agrupacion Rural del Fundo La MORDAZA de Ate, provincia y departamento de Lima; y estableciendose de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, el deficit de los aportes correspondientes a Comercio Vecinal " C-V" los cuales son : Parques Zonales (SERPAR) 16.32 m2; Renovacion MORDAZA ( FOMUR ) 9.79 m2; Servicio Publicos 6.52 m2 y el deficit de los aportes correspondientes a Residencial Densidad Media" RDM " los cuales son Recreacion Publica 27.79 m2; Parques Zonales (SERPAR) 7.94 m2; Renovacion MORDAZA ( FOMUR) 3.97 m2; Ministerio de Educacion 7.94 m2 Servicios Publicos ­ Otros Fines 7.94 m2 los cuales deberan ser redimidos en dinero, Que, mediante Valorizacion Nº 026-2009-SGPUCGDU/MDA de fecha marzo de 2009 se efectuo la liquidacion referente al deficit de aporte de Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios Otros Fines de 27.79 m2, y 7.94 m2 respectivamente correspondiente a la zonificacion Residencial Densidad Media RDM la cual asciende a un monto total de S/. 1,643.58 Nuevos Soles, y la liquidacion referente al deficit de aporte de Servicios Publicos Complementarios y Otros fines de 6.52 m2,correspondiente a Comercio Zonal la cual asciende a un monto total de S/. 3,286.08 Nuevos Soles y con el Recibo de Liquidacion Nº 0005219626, de fecha 7 de MORDAZA 2009 en la Tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de la mencionada valorizacion. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 1491 ­ 2,009 ED de fecha 18 de agosto de 2009, El Ministerio de Educacion, aprueba la valorizacion ascendente a la suma de S/. 381.92 nuevos soles correspondiente al deficit de aporte para el Ministerio de Educacion del MORDAZA de Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada, para Uso para Uso Residencial Densidad Media "RDM",y Comercio Vecinal "CV" del terreno MORDAZA con un area de 755.00 m2 con frente a la MORDAZA Uno Mz. 26 Lote "E", de la Agrupacion Rural del

Fundo La MORDAZA de Ate, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, y mediante boleta de venta Nº 001-000320 de fecha 16 de septiembre 2009 pagado en dicha institucion acreditan la cancelacion del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante MORDAZA de Cancelacion de Aporte por Renovacion MORDAZA la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. ­ EMILIMA S.A. encargada de administrar el fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA regulado por Ordenanza Nº 237, deja MORDAZA que la "SUCESION TESTAMENTARIA MORDAZA PACHAS" ha cumplido con cancelar el pago de Aporte por Renovacion MORDAZA, a los 23 dias del mes de enero de 2009 cuyo importe asciende a $. 1,933.92 dolares americanos, Que, mediante Resolucion de Gerencia Administrativa Nº 039-2009 de fecha 15 de enero de 2009 la Gerencia Administrativa de SERPAR ­ MORDAZA aprueba la valorizacion del area de 7.94 m2 correspondiente al aporte para Parques Zonales por la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media "RDM", y un area de 16.32 m2 correspondiente al aporte para Parques Zonales para uso Comercio Vecinal "CV" del terreno MORDAZA con un area de 755.00 m2 con frente a la MORDAZA Uno Mz. 26 Lote "E", de la Agrupacion Rural del Fundo La MORDAZA de Ate, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, ascendente a la suma (S/. 388.11) nuevos soles por el area correspondiente a la zonificacion RDM y ($.2,611.20) Dolares americanos por el area correspondiente a la zonificacion "CV" y con Recibos Nº 21-020057 y Nº 21020056 ambos de fecha 5 de febrero de 2009 pagado en la tesoreria de dicha institucion los administrados cumplen con cancelar el deficit del mencionado aporte reglamentario, Que, mediante Informe Tecnico Nº 191 -2009A.R.Y.P., de fecha 19 de octubre de 2009; emitido por el Area de Habilitaciones Urbanas de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro; se concluye que el presente tramite es procedente, al respetar los planes urbanos y haber cumplido los administrados con el pago de todos los aportes reglamentarios y presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Ley de Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Ley Nº 29090, y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA, Ordenanza Nº 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano Signado con el Nº 059-2,009-SGPUC-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolucion, el Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial Densidad Media "RDM",y Comercio Vecinal "CV" del terreno MORDAZA con un area de 755.00 m2 con frente a la MORDAZA Uno Mz. 26 Lote "E", de la Agrupacion Rural del Fundo La MORDAZA de Ate, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, Articulo Segundo.- AUTORIZAR a SUCESION MORDAZA MORDAZA conformado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA conyuge supersite y sus Hijos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pachas; para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion las obras faltantes de Habilitacion MORDAZA, teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.