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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de octubre de 2009 405342 Que, siendo los mercados de valores elementos importantes en el crecimiento de la economía mundial, es fundamental promover la confi anza de los inversionistas, por ello el programa tiene como objetivo brindar a los participantes conocimientos y habilidades que puedan ser utilizados para la vigilancia del mercado, detección e investigación de actividades ilegales, centrándose en la aplicación de técnicas pragmáticas para su realización, presentando casos reales con énfasis en técnicas de supervisión; Que, es de suma importancia la participación de la CONASEV en dicho evento internacional, toda vez que los temas a tratar permitirán un mejor desarrollo de sus funciones, razón por la cual se ha designado a la señorita Fiorella Torres Tejada, Profesional 2 de la Dirección de Mercados Secundarios; Que, en consecuencia, y a fi n de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la CONASEV, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo esta Comisión asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Unifi cada por Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señorita Fiorella Torres Tejada, Profesional 2 de la Dirección de Mercados Secundarios de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV-, del 1 al 07 de noviembre de 2009, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores – CONASEV-, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 1 491,03 Viáticos US$ 1 320,00 Tarifa CORPAC (TUUA) US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada profesional deberá presentar ante el Titular de la entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del profesional, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 416564-8 EDUCACION Autorizan salida temporal del país de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para su exhibición en la Confederación Suiza RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2009-ED Lima, 30 de octubre de 2009 Visto, el Ofi cio Nº 2221-2009-DN/INC cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 026413-2009/INC, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Sr. Juan Carlos Gamarra Skeels, solicitó autorización para la salida temporal del país de tres (03) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Suprema Nº 200-2009- RE de fecha 25 de junio de 2009, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo” desde su lugar original hasta su destino fi nal, en mérito a la Póliza de Seguros Nº 1996-501121, emitida por la Compañía Rímac Seguros, póliza con vigencia desde el 25 de septiembre de 2009 hasta el 25 de septiembre de 2010; Que, el Artículo 34º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510; y la Ley Nº 28296; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y por el plazo que dure la permanencia en el exterior como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Sr. Juan Carlos Gamarra Skeels, la salida temporal del país de tres (03) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, a la ciudad de Berna, Confederación Suiza. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3º.- El Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Sr. Juan Carlos Gamarra Skeels, deberá mantener vigente la póliza de seguro que cubra los tres (03) bienes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación de su propiedad, en tanto dure su cargo como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Confederación Suiza. Al culminar el cargo para el cual ha sido designado, y a efectos del retorno de los bienes culturales al país, el Sr. Juan Carlos Gamarra Skeels deberá de contar con una póliza de seguro que cubra el retorno de los mismos. Artículo 4º.- Los gastos relacionados al embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Sr. Juan Carlos Gamarra Skeels. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación