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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (31/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de octubre de 2009 405347 Que, la Embajada de los Estados Unidos Mexicanos en el Perú, mediante carta PER-00972/09 de fecha 24 de agosto de 2009, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se refi ere el considerando precedente; Que, la Embajada de la República de Colombia en el Perú, mediante carta E.277 de fecha 07 de septiembre de 2009, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización de la mencionada exposición; Que, la Embajada de Chile, mediante carta de fecha 13 de octubre de 2009, comunicó el patrocinio de dicha representación diplomática para la realización de la mencionada exposición; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito de la Póliza Nº 0620999800731 de MAPFRE EMPRESAS, Cia. Seguros S.A., con una cobertura que abarca desde el 15 de octubre de 2009 hasta el 15 de setiembre de 2010; Que, el artículo 34° de la Ley N° 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fi nes científi cos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley N° 26510; y la Ley N° 28296; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y hasta el 30 de agosto de 2010, la salida temporal del país de siete (07) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fi n que conformen la exposición denominada “Confl uencias. Dos siglos de modernidad en la colección BBVA”, organizada por el BBVA Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A, la cual se llevará a cabo del 11 de noviembre de 2009 al 28 de febrero de 2010 en las salas de exposición del Museo Nacional de San Carlos, en la ciudad de México D,F, Estados Unidos Mexicanos; del 17 de marzo al 23 de mayo de 2010 en las salas de exposición del Museo de Arte de Bogotá, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; y del 08 de junio al 15 de agosto de 2010 en las salas de exposición del Museo Nacional de Bellas Artes, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente Resolución. Artículo 3°.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal del país se autoriza, a la señora Fedora Julia Martínez Grimaldo, con D.N.I. Nº 07951875, quien cumplirá la labor de verifi cación del estado de conservación; visará las fi chas de registro de cada una de las piezas; supervisará el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerá del montaje, desmontaje y elaborará un informe detallado y documentado de su participación. Dicho informe será alcanzado a la Dirección Nacional del INC en un plazo no mayor de 15 días luego de concluida su participación tanto a la ida, como al retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta Resolución Suprema. Los gastos del comisario designado por conceptos de transporte, alojamiento, viáticos, seguro de viaje, impuestos de aeropuerto, y movilidad local tanto en el Perú como en el extranjero, serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 4°.- Todos los gastos que ocasione la realización de la mencionada exposición, incluyendo los gastos de embalaje, fl etes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposición. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación RELACIÓN DE LOS BIENES CULTURALES PARA LA EXPOSICIÓN TEMPORAL “Confl uencias. Dos siglos de modernidad en la colección BBVA” Del 11 de noviembre de 2009 el 15 de agosto de 2010 N° N° de Registro Nacional Otros códigos Tipo de bien Título/Denominación Estilo / Escuela 1 0000002511 OAP 2114194 Pintura Paisaje serrano. Yurak Orcco. Indigenista 2 0000002513 OAP 2102321 Pintura Riñoncitos Costumbrista 3 0000002615 OAP 2102322 Pintura Vendedora de maní Costumbrista 4 0000073130 OAP 2109252 Pintura Paisaje ritual Abstracto 5 0000074035 OAP 2119770 Pintura Rímac, arrabal. Indigenista 6 0000074749 OAP 2102323 Pintura Cohetero del interior Costumbrista 7 0000074751 OAP 2102324 Pintura Dos indígenas cruzando la Cordillera de los Andes. Costumbrista 416564-11 ENERGIA Y MINAS Modifican R.M. Nº 282-95-EM/VME e imponen servidumbre de electroducto a concesión definitiva de transmisión de la que es titular EDEGEL S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 466-2009-MEM/DM Lima, 26 de octubre de 2009 VISTO: El Expediente N° 22009695, organizado por EDEGEL S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre modifi cación de la servidumbre de electroducto de la Línea de Transmisión de 60 kV CH Moyopampa – SE Santa Rosa (L-6011/6020), en el tramo T135 – T139; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema N° 031-95- EM, publicada el 07 de mayo de 1995, EDEGEL S.A.A., es titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 60 kV CH Moyopampa – SE Santa Rosa (L-6011/6020), entre otras; Que, la referida línea de transmisión cuenta con servidumbre impuesta mediante Resolución Ministerial N° 282-95-EM/VME, publicada el 23 de octubre de 1995, en cuyo artículo segundo se exceptuó diversos tramos de la mencionada línea de transmisión, toda vez que de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 114° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, no podrá imponerse servidumbre de electroducto sobre edifi cios, patios y jardines cuando éstos se encuentran en zonas urbanas; Que, mediante Resolución Suprema N° 020-2008-EM, publicada el 11 de abril de 2008, se aprobó la modifi cación