Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2009 (31/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de octubre de 2009

Perjudiciales de Transmisiones No Autorizadas en Redes Satelitales, Uso de Sistemas Integrados como Elemento Emergente de las Redes de Proxima Generacion (NGN), Uso de los Sistemas Satelitales para Proteccion Publica y Operaciones de MORDAZA (PPOS), Aspectos Tecnicos y Regulatorios Relativos a los Efectos de las Emisiones Electromagneticas no Ionizantes (RNI), Estado de las Instalaciones de Banda Ancha Movil, Requerimientos del Espectro de Banda Ancha Movil y Analisis de Mercado; Que la participacion de un representante del sector de telecomunicaciones en dichos eventos, permitira conocer las tendencias y desarrollo de las nuevas tecnologias de radiocomunicaciones terrestres, a fin de optimizar el uso eficiente del espectro radioelectrico; Que, los gastos por concepto de pasaje, viaticos y tarifa unificada de uso de aeropuerto, seran asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion, emitio las Certificaciones de Credito Presupuestarios Nos. 10068 y 10069-2009 de fecha 25 de setiembre de 2009, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley Nº 29289 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Ames MORDAZA, profesional de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 08 al 14 de noviembre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Viaticos Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US $ US $ US $ 1,623.57 1,100.00 31.00

Autorizan a Factoria MORDAZA S.A.C. como taller de conversion a gas licuado de petroleo en local ubicado en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3017-2009-MTC/15 MORDAZA, 17 de setiembre de 2009 VISTOS: El Parte Diario N° 110212 y Expedientes Nºs. 2009020308 y 2009-020601 de fechas 21 de agosto, 14 y 16 de setiembre de 2009, presentados por la empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, modificada por Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC sobre "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversion a GLP", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos, diesel o GLP al sistema de combustion a GLP mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 1006-2009-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante el Parte Diario N° 110212 y Expedientes Nº 2009-020308 y 2009020601 de fechas 21 de agosto, 14 y 16 de setiembre de 2009, cumplen con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 0052007-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversion a GLP", aprobada por Resolucion Directoral Nº 145402007-MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº 0222009-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Licuado de Petroleo ­ GLP, para operar como taller ubicado en la Avenida MORDAZA Faucett, Manzana A, Lote 12, Urbanizacion Pocha MORDAZA, Distrito y Provincia del Callao, Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa FACTORIA MORDAZA S.A.C., debera presentar a la Direccion General de Transporte

Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, el profesional mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 416564-20

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