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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de setiembre de 2009 401936 Aprueban Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas” DECRETO DE ALCALDÍA N° 011 Ate, 19 de agosto de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 034-2009-MDA/OGP-ORE de la Oficina de Racionalización y Estadística, el Informe N° 221-2009 y Nº 225-2009-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, el Proveído N° 3211-2009/MDA/ GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; ello, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de acuerdo al artículo 6º de la Ley 27972, la alcaldía es el órgano Ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Que, el objeto de la Directiva es establecer las disposiciones que permita establecer “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”. Que, la fi nalidad de la Directiva, es establecer disposiciones y procedimientos para la utilización, rendición y control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, mediante Informe Nº 221-2009-MDA/OGP la Ofi cina General de Planifi cación, solicita la aprobación del Proyecto de Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”. Que, mediante Informe Nº 225-2009-MDA/OGP la Ofi cina General de Planifi cación, remite el proyecto de Directiva “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”, el mismo que cuenta con el Vº Bº de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Racionalización y Estadística de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sostiene en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldía, establecen Normas Reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente Administración Municipal y resuelven o regulan asuntos de Orden General y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante el Proveído N° 3211-2009/MDA/GM el Gerente Municipal, señala se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva N° 005- 2009/MDA sobre “Normas y Procedimientos para la Administración y Control del Fondo Fijo para Caja Chica y Cajas Periféricas”, la misma que como anexo forma parte integrante del presente en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2°.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Tesorería y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCIA Alcalde 391259-3 MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican el Cronograma del “Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del distrito de Comas” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09 -2009-A/MC Comas, 3 de agosto de 2009. VISTO: El Informe Nº 066-2009-GPP/MC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante el cual se presenta la propuesta de Modifi cación al Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del Distrito de Comas. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales se constituyen en órganos de Gobierno Local y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 73º numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específi cas en materia de participación vecinal, debiendo proponer, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, integrar y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de la circunscripción; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y modificada mediante Ley Nº 29289 y su Reglamento, establecen el proceso de programación presupuestaria del Presupuesto en los Gobiernos Regionales y Locales como un mecanismo que permite el fortalecimiento de las relaciones Estado – Sociedad Civil y la optimización del uso de los recursos a través de un adecuado control social en las acciones públicas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01 la Dirección Nacional del Presupuesto Público, aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo”, el mismo que precisa los lineamientos Técnicos para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Ordenanza Nº 287-C/MC de fecha 19 de mayo de 2009, se aprueba la Modifi cación al Texto Único del “Marco Normativo que regula el Proceso de Programación, Participación y Concertación para la Formulación y Aprobación del Presupuesto Participativo para el Distrito de Comas”, en el cual se establece la aprobación del Cronograma mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-2009-A/ MC publicado en el Diario Ofi cial El Peruano en fecha 08/07/2009 se aprueba el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2010 del Distrito de Comas, el mismo que por factores externos vinculados a la protección de la salud y salubridad y a la disponibilidad de locales ubicados en Instituciones Educativas, es necesario ajustar, a fi n de garantizar una efectiva implementación del proceso; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9 de la Ley Orgánica de