NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/09/2009)
CANTIDAD DE PAGINAS: 44
TEXTO PAGINA: 31
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de setiembre de 2009 401925 Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A. – ATSA, han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de setiembre de 2009, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A. – ATSA, han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Órdenes de Inspección y referidas en el Informe Nº 515-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Simón Samolski Edery y Pedro Rafael Chung Bartra, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán desde el 04 al 12 de setiembre de 2009, a las ciudades de Santiago y New York, Chile y Estados Unidos de América, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 304-2009- MTC/12.04 y Nº 515-2009-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Lan Perú S.A. y Aero Transporte S.A. - ATSA a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 391602-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan en suspenso disposiciones del Procedimiento de “Depósito Aduanero” INTA-PG.03 (V.4) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 447-2009/SUNAT/A Callao, 2 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 145-2009/SUNAT/A se emitió el procedimiento de Depósito Aduanero INTA-PG.03 (versión 4), dentro del marco de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N.º 1053, y del Sistema de Calidad de la SUNAT; Que resulta necesario dejar en suspenso ciertas disposiciones del referido procedimiento relacionadas con el artículo 111º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010- 2009-EF; al determinarse que dicho artículo se encuentra directamente vinculado con la entrega de la mercancía en el punto de llegada, regulada en la Sección Cuarta - Ingreso y Salida de Mercancías, cuya vigencia regirá a partir del 01.01.2010; por lo que el citado artículo también entraría en vigencia a partir de dicho momento; Que conforme al artículo 14º del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 04 AL 12 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 304-2009-MTC/12.04 Y Nº 515-2009-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) TUUA (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 1705-2009-MTC/12.04 04-Sep 06-Sep US$ 600.00 US$ 31.00 LAN PERU S.A. Samolski Edery, Simón Santiago Chile Chequeo en línea y chequeos técnicos de habilitación Cat.II/III y profi ciencia en simulador de vuelo del equipo Boeing 767 a tripulantes técnicos 11276-11277- 11278 1706-2009-MTC/12.04 08-Sep 12-Sep US$ 660.00 US$ 31.00 ATSA Chung Bartra, Pedro Rafael La Guardia, New York EUA Chequeo técnico de Refresco en simulador de vuelo del equipo B-1900D a tripulantes técnicos 6635-6636