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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (03/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de setiembre de 2009 401926 Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General aprobado por Decreto Supremo N.º 001-2009-JUS, del 20.07.2009 al 23.07.2009 se procedió a pre-publicar en el portal web de la institución, el proyecto de la presente norma; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N.º 122-2003/SUNAT, en mérito a lo dispuesto en el literal g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002-PCM y estando a la Resolución de Superintendencia N.º 049-2009/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjese en suspenso hasta el 31.12.2009 las disposiciones del procedimiento de Depósito Aduanero INTA-PG.03 (versión 4) relacionadas con el artículo 111º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 010-2009-EF, fecha hasta la cual, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 97º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.º 011-2005-EF. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN RAMÍREZ RODRÍGUEZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 392183-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Aprueban transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 219-2009-INDECI 25 de agosto de 2009 VISTOS: Los Ofi cios Nº 159/2009-CRDC.LAMB/ P.DC del 18.MAY.2009, Nº 638/2009-GR.LAMB/PEOT- GG del 26.MAY.2009, Nº 518/2009-GR.LAMB/GG del 10.JUN.2009 y Nº 571-2009-GR.LAMB/GGR-GRIN del 23.JUN.2009, del Gobierno Regional de Lambayeque, el Informe Técnico Nº 002-2009-INDECI/DNPE/EPEFT, el Informe Técnico Nº 002-2009-INDECI/14.0, ambos del 10.JUL.2009, y el Memorándum Nº 512-2009-INDECI/14.0 del 25.AGO.2009, de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2009, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, así como rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, se considerará una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 794-2008- EF/15 se aprobó la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”; Que, el numeral 9.1 del artículo 9º de la mencionada Directiva señala que Declarada la emergencia u ocurrido el desastre, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, de acuerdo a lo establecidos en la presente Directiva; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional de Lambayeque remitió 01 (una) Ficha Técnica de Actividad de Emergencia dirigida al alquiler de maquinaria para la recuperación del servicio de agua de riego en el Canal Huallabamba, luego de ocurridas las lluvias intensas registradas entre los meses de Enero y Marzo del año en curso; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 002- 2009-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó la Ficha Técnica presentada por el Gobierno Regional de Lambayeque, señalando que la solución planteada se encuentra en relación directa con el impacto producido por las lluvias ocurridas en el ámbito de la Región Lambayeque, que han ocasionado que el Canal Huallabamba se vea dañado, según se refi ere en la Ficha Técnica, afectando la transitabilidad del agua de riego, siendo el alquiler de maquinaria una solución técnica que permitiría la operatividad de la maquinaria requerida para la recuperación de la transitabilidad del agua de riego en el referido Canal, cumpliendo con lo establecido en el numeral 11.3 de la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 794-2008-EF/15; Que, efectuada la evaluación correspondiente a la intervención solicitada y analizada la documentación pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 004-2008-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo señalado en el numeral 11.4 de su artículo 11º, se aprueba la solicitud de fi nanciamiento efectuada a través de la 01 (una) Ficha Técnica, hasta por el importe de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo adjunto a la presente Resolución, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 002-2009- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó la Ficha Técnica formulada por el Gobierno Regional de Lambayeque, hasta por la suma de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29291, mediante Decreto Supremo Nº 178-2009-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de S/. 1 096 321,00 (UN MILLON NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final