Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2009 (26/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de setiembre de 2009

15º de este Reglamento. El pago se realizara descontado el monto ya acreditado con el cheque de gerencia entregado conforme al articulo 10º de este Reglamento. De no efectuarse dicho pago en el plazo establecido, la adjudicacion de la buena pro quedara sin efectos, y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA cobrara el cheque de gerencia a que se refiere el articulo 10º del presente Reglamento. El monto que se obtenga de dicha cobranza sera considerado como un pago por concepto de penalidad a favor de la Municipalidad. En el supuesto que la adjudicacion de la buena pro, a favor del postor ganador, quede sin efecto debido al no pago oportuno del precio, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA podra declarar desierta la subasta publica o otorgar la buena pro a la oferta que MORDAZA obtenido el MORDAZA lugar, siempre y cuando, su oferta economica MORDAZA sido declarada habil y cumpla con cada uno de los requisitos y condiciones mencionados en el presente Reglamento. Articulo 15º.- De la suscripcion del Contrato y escritura publica de transferencia del bien inmueble adjudicado La suscripcion de la Minuta y Escritura Publica de transferencia del bien inmueble adjudicado, se producira una vez que sea cancelado el precio de venta. Todos los gastos, impuestos y tributos vinculados con el perfeccionamiento del contrato y la inscripcion de la transferencia de propiedad en los Registros Publicos, seran asumidos por el adjudicatario. Articulo 16º.- Normas supletorias En lo demas no senalado en el presente Reglamento, se aplicara supletoriamente, la Constitucion Politica del Estado, el Codigo Civil, la Ley Nº 27444 ­Ley del Procedimiento Administrativo General-, la normatividad legal vigente de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) y cualquier otra disposicion legal relacionada con el presente Reglamento. 402066-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Elementos de Publicidad Exterior y/o Anuncios en la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA
ORDENANZA Nº 011-2009-MDCH MORDAZA, 9 de septiembre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Chilca; VISTO en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras, y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, asimismo, el articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo;

Que, el numeral II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el articulo 79º numeral 3), inciso 3.6.3 de la citada MORDAZA legal asigna funciones especificas y exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo: para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el articulo 200, inciso 4), de la Constitucion, tienen rango de Ley; Que, en tal sentido, es necesario adoptar las acciones pertinentes que permitan el cabal desarrollo de las funciones especificamente senaladas, mediante la aprobacion de la ordenanza que estipula los requisitos, procedimientos, condiciones tecnicas requeridas y disposiciones aplicables para la autorizacion de elementos de publicidad exterior y/o anuncios en el distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, APROBO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Y/O ANUNCIOS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE MORDAZA Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Elementos de Publicidad Exterior y/o Anuncios en la jurisdiccion del Distrito de de MORDAZA, que consta de Tres (03) Titulos, Cincuenta (50) articulos, Seis (06) Disposiciones Transitorias y Tres (03) Disposiciones Finales, que forman parte de la presente Ordenanza, asi como los Anexos "A" Infracciones y Sanciones de Publicidad Exterior, y "B" Formato de Solicitud de Instalacion de Elementos de Publicidad Exterior y Anuncios de la Municipalidad Distrital de Chilca. Articulo 2º.- DISPENSAR, de la lectura y aprobacion del Acta a fin de que la presente Ordenanza, entre en vigencia de inmediato. Articulo 3º.- FACULTAR al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia establezca las normas reglamentarias y/o complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, que adopte las medidas necesarias para la implementacion de las disposiciones contenidas en el documento de gestion que se aprueba con la presente Ordenanza. Articulo 5º.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y del Texto integro del Reglamento y de los Anexos A y B en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA www.munichilca.gob.pe. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA NALDA MORDAZA MORDAZA 401709-1

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