Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2009 (26/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de setiembre de 2009

Vistos, los Informes Nº 751-2009-MDJM/GDH/SGPSE/ de la Sub Gerencia de Promocion Social y Economica y 1583-2009/MDJM-GAJyRC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27265 de Proteccion a los Animales Domesticos y a los Animales Silvestres mantenidos en cautiverio, se declaro de interes nacional la proteccion a todas las especies de animales domesticos y de animales silvestres mantenidos en cautiverio, contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesion o muerte; Que, resulta necesario sensibilizar a la poblacion a fin de erradicar y prevenir todo maltrato y actos de crueldad con los animales, evitandoles sufrimiento innecesario; y velar por la salud y bienestar de los animales; Que, la precitada MORDAZA, en concordancia con el articulo 80 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, facultan a los gobiernos locales a controlar la sanidad animal, en sus respectivas jurisdicciones, habiendo la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, aprobado la Ordenanza Municipal Nº 225-MDJM que regula el regimen de tenencia y registro de canes en el distrito de MORDAZA Maria; Que, los vecinos del distrito poseen mascotas o animales de compania, domesticos; es decir, que no son forzados a trabajar, ni tampoco usados para fines alimenticios, que alimentan el MORDAZA y se tornan en una compania que muchas veces supera la humana, actividad que data de siglos de tradicion; Que, la Gerencia de Desarrollo Humano, recomienda se institucionalice como "Dia de la Mascota", al 27 de setiembre de cada ano, a fin que se permita que en el futuro cada centro educativo y cada colectivo debidamente organizado pueda, a traves de esta celebracion, realizar campanas en beneficio de la calidad de MORDAZA de las mascotas, sensibilizar a la poblacion en el carino y respeto a los animales y contribuir a la formacion de una conducta civica y de MORDAZA convivencia; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Objeto El objeto del presente Decreto es establecer la declaratoria del "Dia de la Mascota y el MORDAZA a los animales" y fomentar Campanas Vecinales en beneficio de la calidad de MORDAZA de las mascotas, sensibilizar a la poblacion en el carino y respeto a los animales y contribuir a la formacion de una conducta civica y de MORDAZA convivencia. Articulo Segundo.- Declaratoria Se declara el dia 27 de setiembre de cada ano como el "Dia de la Mascota y el MORDAZA a los animales" en toda la circunscripcion de MORDAZA Maria. Articulo Tercero.- Convocatoria La Gerencia de Desarrollo Humano fomenta las Campanas Vecinales a que se refiere el Articulo Primero en todos los niveles educativos, publicos y privados, y convocara para coordinar institucionalmente, a las demas instituciones del Estado, entidades descentralizadas y autonomas, organizaciones no gubernamentales, e instituciones del sector privado, para unificar esfuerzos en la facilitacion de los recursos que seran utilizados en las Campanas Vecinales. Articulo Cuarto.- Divulgacion La Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional queda encargada de instar a los medios de comunicacion social a promover la formacion de una cultura civica y ecologica en la poblacion. Articulo Quinto.- Vigencia El presente Decreto entra en MORDAZA a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 402619-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Reglamento de Subastas Publicas para transferir, ceder y/o disponer la propiedad de bienes inmuebles de dominio privado de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA
ANEXO - ORDENANZA N° 101-2009/MDSB (La Ordenanza de la referencia fue publicada el 11 de setiembre de 2009) ANEXO I REGLAMENTO DE SUBASTAS PUBLICAS PARA TRANSFERIR, CEDER Y/O DISPONER LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES DE DOMINIO PRIVADO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA TITULO I NORMAS GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene como objeto regular el procedimiento aplicable a la venta, cesion y cualquier acto de disposicion MORDAZA de bienes inmuebles de dominio privado de la Municipalidad de San MORDAZA a favor de terceras personas naturales o juridicas del sector privado, con la finalidad, de impulsar, promover, simplificar y ayudar al desarrollo economico y social del distrito de San Bartolo. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion El Reglamento es aplicable a la venta, cesion y cualquier acto de disposicion MORDAZA que realice a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, respecto de cualquiera de los bienes inmuebles de su dominio privado. Articulo 3º.- Tasacion La venta, cesion y cualquier acto de disposicion MORDAZA de un bien inmueble de dominio privado de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA requiere su previa tasacion por un perito tasador ingeniero civil o arquitecto debidamente colegiado, con experiencia en tasaciones de bienes inmuebles. El plazo de vigencia de las tasaciones sera de doce (12) meses. MORDAZA o despues del vencimiento de dicho plazo, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA podra solicitar al perito tasador, la actualizacion de la tasacion respectiva. El plazo de vigencia de la actualizacion sera de doce (12) meses, pudiendo la Municipalidad solicitar una nueva actualizacion cuantas veces lo considere necesario. TITULO II PROCEDIMIENTO Articulo 4º.- Subasta publica La venta, cesion y cualquier acto de disposicion MORDAZA de un bien inmueble de dominio privado de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA se realizara a traves del procedimiento de subasta publica, bajo la modalidad de sobre cerrado con mejoramiento de oferta economica a viva voz. La subasta publica contara con la presencia de un Notario Publico, quien ejercera las funciones que le corresponden conforme a ley. Articulo 5º.- Organo competente El procedimiento de subasta publica estara a cargo de una Comision de Subastas Publicas, que estara integrada por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes alternos, los cuales seran designados por Resolucion de Alcaldia.

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