NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de setiembre de 2009 403303 autoridad competente para autorizar la exoneración deberá ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al artículo 46º del presente Decreto Legislativo.” DE LA RECONSIDERACIÓN Que, con acuerdo de Concejo Nº 052-2009-A/MDC se dispone : “Declarar en Emergencia el Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Carabayllo por un plazo de seis (6) meses, estableciéndose que la estructura de costos, para tal efecto, asciende a un Presupuesto Total de S/.499,500.00 (Cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos y 00/100 Nuevos soles), de acuerdo a lo solicitado por las áreas usuarias y prestadoras del Servicio.” Que, el Acuerdo de Concejo Nº 052-2009-A/MDC, de fecha 03 de septiembre del 2009 ha sido materia de reconsideración por parte de los Regidores Flor de María Chauca Sánchez; Regidor Saúl López Chuquillanqui; y el Regidor Edmundo Loli Ibarra, a través de la carta Nº 003- 2009-CSSS/CEPP/MDC, de fecha 08 de septiembre del 2009 y la carta Nº 004-2009- CSSS/CEPP/MDC, de fecha 09 de septiembre del 2009; Que, el artículo 44º de la Ley 27972, en sus últimos párrafos precisa que: “ Las normas municipales rigen a partir del día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma postergue su vigencia”. Asimismo precisa que: “No surten efecto las normas de gobierno municipal que no hayan cumplido con el requisito de la publicación o difusión.” Que, el artículo 51º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “ El 20% (veinte por ciento) de los miembros hábiles del concejo pueden solicitar la reconsideración respecto de los acuerdos, en estricta observancia de su reglamento de organización interna y dentro del tercer día hábil contados a partir de la fecha en que se adoptó el acuerdo.” Que, la Comisión de Regidores ha recibido y analizado los Informes presentados por la Subgerencia de Limpieza Pública; Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente; Gerencia de Asuntos Jurídicos; Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Subgerencia de Maestranza; los mismos que se detallan en el Dictamen correspondiente; Que, siendo esto así, teniendo en cuenta que la limpieza pública es un servicio que las Municipalidades deben brindar y de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Constitución Política del Estado, los servicios de limpieza pública son organizados y regulados por las Municipalidades; Que, el servicio de limpieza pública y recojo de residuos sólidos un servicio esencial para nuestros pobladores, el mismo que debe prestarse en forma permanente en las mejores condiciones; su paralización, suspensión o defi ciente prestación tiene incidencia directa en la contaminación del medio ambiente y pone en riesgo de afectar la salud de la población, situación por la que nuestra comuna debe adoptar acciones inmediatas en resguardo de la calidad de vida de nuestra población; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 39º la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo POR UNANIMIDAD; ACUERDA: Artículo Primero.- RECONSIDERAR el Acuerdo de Concejo Nº 052-2009-A/MDC de fecha 03 de septiembre del 2009, que declara en Emergencia el Servicio de Limpieza Pública; y en consecuencia DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, El SERVICIO DE REPARACIÓN DE MAQUINARIA Y EL ALQUILER DE UNIDADES COMPACTADORAS Y CAMIONES BARANDA EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO, en la que se compromete en forma directa e inminente la continuidad del Servicio de Limpieza Pública, por el plazo de 06 meses, o hasta que se suscriba los respectivos contratos, lo que ocurra primero, estableciéndose que la estructura de costos, para tal efecto, asciende a un Presupuesto Total de S/. 499,500.00 (Cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos y 00/100 Nuevos soles), de acuerdo a lo solicitado por las áreas usuarias y prestadoras del Servicio. Artículo Segundo.- EXONERAR del Proceso de Selección los siguientes Servicios: • Servicio de reparación de maquinaria S/. 62,700.00 • Alquiler de Unidades (dos compactadoras y 4 camiones Baranda. S/. 436,800.00 ------------------- Total S/. 499,500.00 Por un total de S/.499.500.00, Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Quinientos y 00/100 nuevos soles, incluidos los impuestos de Ley y con cargo a la fuente de fi nanciamiento FONCOMUN determinada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Logistica y Control Patrimonial de la Municipalidad la Contratación de los Servicios requeridos para el Servicio de Limpieza Pública en el Distrito de Carabayllo, siguiendo el procedimiento de Exoneración del Proceso de Selección de acuerdo a lo establecido en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, por el plazo de seis (6) meses, o hasta que se suscriba los respectivos contratos, lo que ocurra primero, de conformidad con la normatividad vigente, teniendo como Fuente de Financiamiento: FONCOMUN, cuyo monto asciende a la suma de S/.499,500.00 según el detalle siguiente: • Servicio de reparación de maquinaria S/. 62,700.00 • Alquiler de Unidades (dos compactadoras y 4 camiones Baranda. S/. 436,800.00 -------------------- Total S/. 499,500.00 Artículo Cuarto.- Encargar al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad el inicio de las acciones de control destinadas a determinar o deslindar responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios y/o servidores involucrados, si las hubiere, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º Inc. c) del Decreto Legislativo 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- La Contratación de los ítems señalados para el Servicio de Limpieza Pública, por la presente exoneración, tendrá una vigencia de seis (6) meses, que corresponde a lo que va del presente ejercicio presupuestal o hasta que se suscriba el nuevo contrato, lo que ocurra primero. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia Municipal informe al Pleno del Concejo el resultado fi nal del Proceso de Exoneración y encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los 10 días hábiles siguientes, así como remitir copia del Acuerdo y de los Informes Técnicos - Legales a la Contraloría General de la República y demás órganos competentes dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 400432-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Declaran el 27 de setiembre como “Día de la Mascota y el amor a los animales” en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2009-MDJM Jesús María, 24 de setiembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA;