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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de setiembre de 2009 403305 La Comisión será responsable de la organización y ejecución del procedimiento de venta por subasta pública de cualquiera de los bienes inmuebles de dominio privado. En ese sentido, y en forma meramente enunciativa, se encargará de la elaboración de las bases respectivas, la absolución de consultas, la evaluación de observaciones, la recepción de ofertas, la califi cación de los postores, la evaluación de propuestas, el otorgamiento de la buena pro y de cualquier otro acto que resulte necesario para iniciar y concluir el procedimiento de venta por subasta pública, salvo la suscripción del Contrato y de los demás documentos necesarios para la formalización de la transferencia, los cuales corresponden al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Bartolo. Artículo 6º.- Determinación del precio base El precio base con el que se iniciarán todas las subastas públicas en primera convocatoria, será igual al valor comercial fi jado en la tasación del bien inmueble que se subaste. Artículo 7º.- Convocatoria El proceso de subasta pública se inicia con la publicación del aviso de convocatoria en la Página Web y/o Portal Electrónico de la Municipalidad de San Bartolo. La subasta pública se llevará a cabo, por lo menos, después de transcurridos diez (10) días calendario de publicado el aviso de convocatoria. Artículo 8º.- Contenido de la convocatoria El aviso de convocatoria deberá contener, por lo menos, la siguiente información: a) La referencia expresa del número de convocatoria. b) La identifi cación del bien inmueble o bienes inmuebles a ser subastados, así como, de ser el caso, la indicación de sus gravámenes. c) El precio base. d) El lugar, día y hora de la subasta. e) El monto que debe depositarse para participar en la subasta, el cual será igual al diez por ciento (10%) del precio base de la respectiva convocatoria. f) El lugar, horario y, de ser el caso, el precio para la adquisición de las bases. g) Cualquier otra información que resulte relevante a juicio de la Comisión. Artículo 9º.- Requisitos para ser postor Para ser postor de una subasta pública, además de las exigencias previstas en el presente Reglamento, se deben cumplir los siguientes requisitos: a) Tener capacidad para contratar. b) Haber entregado el cheque de gerencia a que se refi ere el artículo 10º del Reglamento, dentro del plazo establecido. c) Haber comprado las bases. d) Otros que señale el Reglamento o las bases. Se encuentran impedidos de participar como postores todos aquellos que se encuentren incursos en alguna incompatibilidad y/o impedidos para negociar o celebrar contratos con el Estado peruano y/o la Municipalidad Distrital de San Bartolo, conforme a las disposiciones legales pertinentes y vigentes. Artículo 10º.- Depósito en garantía Para participar como postor en una subasta pública, es requisito haber entregado a la Tesorería de la Municipalidad, con por lo menos dos (2) días hábiles de anticipación a la fecha de realización de la subasta, un cheque de gerencia de una empresa del sistema fi nanciero nacional a la orden de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del precio base de la respectiva convocatoria. El cheque de gerencia entregado por los postores que no hubiesen sido adjudicados con la buena pro será devuelto una vez concluida la subasta, salvo en el caso del postor adjudicatario de la buena pro, cuyo cheque de gerencia se mantendrá en garantía del pago del precio del bien o bienes adjudicados. Artículo 11º.- Consultas Los interesados podrán formular consultas por escrito, relacionadas con el aviso de convocatoria o las bases de la subasta pública, debiendo dirigirlas a la Comisión de Subastas Públicas. Las consultas serán absueltas por dicho órgano y comunicadas a todos los interesados mediante Carta Circular, Correo Electrónico, con notifi cación al domicilio indicado el interesado, mediante publicación en la Página Web del Municipio y/o dando lectura a las mismas, antes del inicio del acto de la respectiva subasta pública. Artículo 12º.- Presentación de propuestas Los postores presentarán el sobre conteniendo sus propuesta económica debidamente cerrado por Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, en la fecha y hora fi jados en el cronograma de la subasta pública. Los sobres de los postores deberán ser entregados por el mismo postor, por el representante legal del postor o por un tercero debidamente apoderado para tales efectos, mediante carta poder con fi rma legalizada por Notario Público. El contenido de la propuesta contenida en el sobre deberá estar sin enmendaduras ni tachaduras, redactado en idioma castellano y debidamente numerado y rubricado por el Postor o su Representante Legal en cada página y de ser el caso, con el sello de la persona jurídica. Asimismo, se deberá acompañar copia del cargo que acredite la presentación del cheque de gerencia contemplado en el artículo 10º del presente Reglamento. Artículo 13º.- Acto público, Apertura de propuestas y otorgamiento de la buena pro El Presidente de la Comisión, en presencia de Notario Público, dispondrá el inicio de la subasta pública en la fecha y hora indicada en el cronograma. Seguidamente, se procederá a la apertura de los sobres de cada postor, verifi cando si se ha cumplido con adjuntar todos los documentos exigidos. El Postor que no haya cumplido con alguno de los requisitos establecidos quedará descalifi cado. Si la omisión fuera subsanable, la Comisión, previo acuerdo de sus miembros, podrá a su criterio, admitir la subsanación en el mismo acto. Las propuestas inferiores al precio base serán descalifi cadas. Efectuada la verificación antes referida, se declarará a los postores hábiles para participar en la subasta pública y se anunciará el orden en el que serán subastados los bienes inmuebles, de ser más de uno, los subastados. La buena pro será adjudicada al postor que haya efectuado la propuesta económica más alta. En caso se presente un supuesto de empate entre las propuestas efectuadas en el marco de una subasta pública realizada bajo la modalidad de sobre cerrado, se abrirá una puja a viva voz, otorgándose la buena pro al postor que efectúe la propuesta económica más alta. Se declarará desierta la subasta de resultar todas las ofertas inferiores al Precio Base. En caso de quedar apto un solo postor, se le otorgará la Buena Pro. Finalizada la subasta pública, se extenderá un acta que contenga, por lo menos, la siguiente información: a) Lugar, fecha y hora del acto de subasta pública. b) Relación del bien o bienes subastados. c) Nombre de los postores y de las posturas presentadas. d) Nombre del o de los adjudicatarios. e) Relación del bien o bienes con adjudicación desierta, de ser el caso. f) El monto de la postura ganadora. g) Cualquier otra información con relación a la subasta que resulte relevante a juicio de la Comisión. Esta acta deberá ser suscrita por todos los integrantes de la Comisión y por el Notario Público, pudiendo cualquiera de ellos dejar constancia de sus observaciones al procedimiento de subasta pública. Artículo 14º.- De la cancelación del precio ofertado El postor adjudicatario de la buena pro pagará el precio del bien o de los bienes inmuebles respectivos, el día de la adjudicación, mediante depósito bancario o cheque de gerencia a cargo de una empresa bancaria del sistema fi nanciero nacional, conforme a lo establecido en el artículo