NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de setiembre de 2009 403256 en Telecomunicaciones - OSIPTEL serán miembros de la delegación de la Alta Dirección del OSIPTEL quienes sostendrán una reunión de trabajo con el Presidente y el Vicepresidente de la Bundesnetzagentur, entidad reguladora de telecomunicaciones y otros servicios de la República Federal de Alemania, el día 12 de octubre de 2009 en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania; Que, esta reunión tendrá por fi nalidad tratar temas de la agenda institucional relativos a la convergencia y la regulación en el sector de las telecomunicaciones, los cuales son de suma importancia para nuestro país; Que, asimismo, los citados funcionarios serán parte de la delegación del OSIPTEL que participará el día 14 de octubre de 2009, en el XII Plenario de Presidentes del Foro Latinoamericano de Entes Reguladores de Telecomunicaciones - REGULATEL y los días 15 y 16 de octubre de 2009, en la VIII Cumbre IRG - REGULATEL; eventos que se llevarán a cabo en la ciudad de Capri, República Italiana; Que, la presencia del OSIPTEL en estas reuniones es importante, en la medida que se analizarán y debatirán temas que son de interés institucional, debiendo considerarse que en el Plenario de Presidentes, el Perú a través de OSIPTEL asumirá la Presidencia del REGULATEL para el año 2010; Que, los gastos por concepto de traslado, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto; De conformidad con lo establecido por la Ley Núm. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Núm. 047-2002-PCM; la Ley Núm. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2009; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Guillermo Santiago Thornberry, Presidente del Consejo Directivo y Alejandro Gustavo Jiménez Morales, Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a las ciudades de Berlín, República Federal de Alemania; y, Capri, República Italiana, del 11 al 17 de octubre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Guillermo Santiago Thornberry Gastos de Traslado US$ 3 096,53 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Viáticos US$ 1 820,00 Alejandro Gustavo Jiménez Morales Gastos de Traslado US$ 3 096,53 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Viáticos US$ 1 820,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 402793-5 Autorizan viaje de funcionarios de INDECOPI a Colombia para participar en el III Foro Iberoamericano de Agencias de Protección al Consumidor (FIAGC) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 259-2009-PCM Lima, 25 de setiembre de 2009 Vista la Carta Núm. 239-2009/GEG-INDECOPI, del Gerente General (e) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, entre los días 15 y 16 de octubre de 2009 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo el III Foro Iberoamericano de Agencias de Protección al Consumidor (FIAGC); Que, en el marco del Diálogo Euro-latinoamericano de los Consumidores por el Desarrollo y la Democracia realizado en Cartagena de Indias, República de Colombia, convocado por Consumers International (CI), se acordó realizar una reunión anual de entidades gubernamentales responsables de velar por la protección al consumidor; Que, el referido Foro tiene como objetivo central promover la cooperación entre las agencias gubernamentales de protección al consumidor de Iberoamérica, a través del intercambio de información y experiencias en torno a temas de interés común, a fin de promover el desarrollo y mejoramiento de las políticas públicas de protección al consumidor de sus respectivos países, así como establecer un mecanismo de coordinación institucional entre sus miembros; Que, es importante la participación del Secretario Técnico de la Comisión de Protección al Consumidor, dado que se viene trabajando por incrementar la cooperación multilateral e incorporar las mejores prácticas internacionales en política pública del consumidor; principalmente, se busca proteger y promover los derechos de los consumidores, identifi cando y combatiendo efi zcamente las prácticas comerciales abusivas y fraudulentas; Que, asimismo, resulta necesaria la participación de la Jefa de la Ofi cina de Comunicaciones y Relaciones Internacionales debido a que intercambiará ideas relativas a la formulación de políticas públicas y el fortalecimiento institucional en materia de protección al consumidor; su participación representa una importante oportunidad para el intercambio de experiencias y el estrechamiento de lazos de cooperación internacional; Que, de la misma manera, el día 14 de octubre, con ocasión de la visita a la ciudad de Bogotá, los mencionados funcionarios se reunirán con el Superintendente de Industria y Comercio a fi n de tratar temas vinculados al sistema de protección al consumidor, permitiendo la posibilidad de interactuar en benefi cio de ambas instituciones; De conformidad con la Ley Núm. 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal