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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (26/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de setiembre de 2009 403272 General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Dirección General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el inciso I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el procedimiento administrativo 10 A) denominado “Autorización Sanitaria de Importación de Residuos Sólidos No Peligrosos” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud, sus órganos desconcentrados y organismos públicos, Decreto Supremo Nº 013-2009-SA, de acuerdo al Cuadro del Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente. Nº Denominación del Procedimiento y Base Legal Requisitos Derecho de Pago Califi cación Dependen- cia donde se inicia el trámite Autoridad que resuelve el trámite Impugnación Automática Evaluación 10-A Autorización Sanitaria para la importación de residuos sólidos no peligrosos - Ley Nº 27444 - Ley Nº 27314 Ley General de Residuos Sólidos (Artículo 17º) del 21-07-00 - D.S. Nº 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos (artículo 96º) del 24-07-04 1. Solicitud dirigida al Director General de la DIGESA con carácter de Declaración Jurada, Nº RUC y fi rmada por el Representante Legal. 2. Memoria Descriptiva del proceso al que va a ser sometido el residuo, incluyendo la información del destino del producto fi nal y el plan de manejo de residuos generados a partir del proceso. 3. Copia simple del Certifi cado de composición porcentual de los componentes del residuo. 4. Comprobante de pago del derecho de trámite 23.60% UIT Positivo Negativo Director Ejecutivo de Ecología y Protección del Ambiente Reconsideración: Director Ejecutivo de Ecología y Protección del Ambiente Apelación: Director General de la DIGESA 7 días Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección:http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 402792-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Acreditan a ingeniero mecánico electricista para la suscripción de Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2836-2009-MTC/15 Lima, 28 de agosto de 2009 VISTO: El parte diario Nº 108917 de fecha 20 de agosto de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante parte diario indicado en visto , el Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Arequipa, solicitó la acreditación del Ingeniero Mecánico Electricista Hugo Ismael Medina Huarhuachi, para la suscripción de la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, al amparo de la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 que regula de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demás condiciones para la acreditación de ingenieros ante la Dirección General de Circulación Terrestre (hoy Dirección General de Transporte Terrestre). Que, el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004- MTC, se modifi có el artículo 94º del Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalización de los vehículos usados tanto por el régimen regular de importación, como también por los regímenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Técnica de Importación de Vehículos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecánico o mecánico electricista debidamente acreditado ante la Dirección General de Circulación Terrestre (hoy Dirección General de Transporte Terrestre) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Resolución Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 regula, de manera complementaria, los requisitos, impedimentos y demás condiciones para la acreditación de ingenieros, para la suscripción de la Ficha Técnica de