Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2009 (26/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de setiembre de 2009

General, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Direccion General de Salud Ambiental, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 36.3 del articulo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Denominacion del Procedimiento y Base Legal Derecho de Pago

Administrativo General y el inciso I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.Modifiquese el procedimiento administrativo 10 A) denominado "Autorizacion Sanitaria de Importacion de Residuos Solidos No Peligrosos" del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Salud, sus organos desconcentrados y organismos publicos, Decreto Supremo Nº 013-2009-SA, de acuerdo al Cuadro del Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente.
DependenAutoridad que cia donde se Impugnacion resuelve el tramite inicia el tramite Negativo Director Ejecutivo de Ecologia y Proteccion del Ambiente Reconsideracion: Director Ejecutivo de Ecologia y Proteccion del Ambiente Apelacion: Director General de la DIGESA 7 dias



Requisitos

Calificacion Automatica Evaluacion Positivo

10-A Autorizacion Sanitaria para 1. Solicitud dirigida al Director la importacion de residuos General de la DIGESA con solidos no peligrosos caracter de Declaracion Jurada, Nº RUC y firmada por el - Ley Nº 27444 Representante Legal. Ley Nº 27314 Ley General 2. Memoria Descriptiva del MORDAZA al que va a ser sometido el de Residuos Solidos residuo, incluyendo la informacion (Articulo 17º) del 21-07-00 del destino del producto final y 23.60% UIT el plan de manejo de residuos D.S. Nº 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley generados a partir del proceso. General de Residuos Solidos (articulo 96º) del 3. MORDAZA simple del Certificado de composicion porcentual de los 24-07-04 componentes del residuo. 4. Comprobante de derecho de tramite pago del

-

Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones publique la presente resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la direccion:http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 402792-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Acreditan a ingeniero mecanico electricista para la suscripcion de Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2836-2009-MTC/15 MORDAZA, 28 de agosto de 2009 VISTO: El parte diario Nº 108917 de fecha 20 de agosto de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante parte diario indicado en visto , el Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de MORDAZA, solicito la acreditacion del Ingeniero Mecanico Electricista MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huarhuachi, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de Importacion

de Vehiculos Usados y Especiales, al MORDAZA de la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 que regula de manera complementaria los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre). Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2004MTC, se modifico el articulo 94º del Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que establece los requisitos para la nacionalizacion de los vehiculos usados tanto por el regimen regular de importacion, como tambien por los regimenes especiales de CETICOS y ZOFRATACNA, entre los cuales se exige la Ficha Tecnica de Importacion de Vehiculos Usados y Especiales, la misma que debe estar suscrita conjuntamente por el importador o su representante legal y un ingeniero mecanico o mecanico electricista debidamente acreditado ante la Direccion General de Circulacion Terrestre (hoy Direccion General de Transporte Terrestre) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Resolucion Directoral Nº 2161-2004-MTC/15 regula, de manera complementaria, los requisitos, impedimentos y demas condiciones para la acreditacion de ingenieros, para la suscripcion de la Ficha Tecnica de

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