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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (02/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de abril de 2010 416597 Artículo 11º.- De las prohibiciones de comercialización Son las siguientes: (…) 5.- Prohíbese la venta de paquetes de productos de tabaco que contengan menos de diez (10) unidades”. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- Adecuación de las empresas de productos de tabaco Los productores, importadores y distribuidores de productos de tabaco deben adecuar sus cajetillas de cigarrillos y en general toda clase de empaque o envoltura de tabaco a las disposiciones establecidas en la presente Ley en un plazo de ciento ochenta (180) días, a partir de su entrada en vigencia. SEGUNDA.- Adecuación de los establecimientos que hubieran efectuado inversiones Los establecimientos que hubieran efectuado inversiones comprobables para adecuarse a lo previsto en el antiguo texto del artículo 3º de la Ley núm. 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, tienen un plazo de trescientos sesenta (360) días a partir de la publicación de la presente Ley para adecuarse a lo previsto en ella. TERCERA.- Importaciones en trámite de productos de tabaco Exceptúase de los alcances de la presente Ley las importaciones de los productos de tabaco que a la fecha de su publicación se encuentren con órdenes de compra confi rmadas, en condiciones de embarque, en viaje o en trámite de internamiento al país, con una anticipación mayor a treinta (30) días. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA .- Normas reglamentarias En un plazo de sesenta (60) días de publicada la presente Ley, el Poder Ejecutivo dicta las normas modifi catorias del Reglamento de la Ley núm. 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco. La falta de reglamentación de la presente Ley no será impedimento para su vigencia y exigibilidad. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los treintiún días del mes de marzo de dos mil diez. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República MICHAEL URTECHO MEDINA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 476170-1 PODER EJECUTIVO DEFENSA Modifican los cargos de Oficiales Generales y Almirantes, nombrados en Misión Diplomática mediante R.S. Nº 040-2009-DE y R.S. Nº 533-2009-DE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 133-2010-DE Lima, 1 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 040-2009-DE de fecha 28 de enero de 2009 se nombró en Misión Diplomática a Ofi ciales Generales, Almirantes y Ofi ciales Superiores del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú para que a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, desempeñen diversos cargos en el período comprendido entre el 1 de febrero de 2009 al 31 de enero de 2011; Que, mediante Resolución Suprema Nº 533-2009-DE de fecha 15 de diciembre de 2009, se nombró en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores a Ofi ciales Generales y Ofi ciales Superiores de las Fuerzas Armadas del Perú, para desempeñar cargos a partir del 1 de febrero de 2010 al 31 de enero de 2012; Que, mediante Resolución Suprema Nº 045-2010-DE de fecha 25 de enero de 2010 se modifi caron los cargos de algunos ofi ciales nombrados en Misión Diplomática; Que, por razones de interés nacional es necesario modifi car los cargos, en atención a las funciones que desempeñarán los agregados en los Estados Unidos de América como Concurrentes en Canadá; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car a partir de la fi rma de la presente Resolución, los cargos de los siguientes Ofi ciales Generales y Almirantes, nombrados en Misión Diplomática mediante Resolución Suprema Nº 040-2009-DE de fecha 28 de enero de 2009; y Resolución Suprema Nº 533-2009-DE de fecha 15 de diciembre de 2009, de acuerdo al siguiente detalle: CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y concurrente en Canadá General de Brigada Pedro Rómulo Buleje Buleje Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y concurrente en Canadá Mayor General FAP Pedro Eugenio Gracey Aráoz Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y concurrente en Canadá Contralmirante Mauro Daniel Pelayo Cacho de Armero Artículo 2º.- El Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú, asumirán sin demandar mayores incrementos a su presupuesto asignado para el Año Fiscal 2010, los gastos que demande el cumplimiento de los nuevos cargos. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 476170-3