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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de abril de 2010 416781 PCM, dispone que, por Resolución del titular del Pliego Presupuestal, en cada organismo del Sector Público debe constituirse un Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo-CAFAE, cuyo período de mandato es de dos años y está conformado por un representante del Titular del Pliego, el Contador General, el Director de Personal y tres representantes de los trabajadores; Que, mediante Resolución Ministerial N° 192-2009- MINCETUR/DM, se constituyó el CAFAE del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el período 2010-2011; consignando los nombres completos de sus integrantes excepto los correspondientes a los servidores que ocupan los cargos de Presidente, Tesorera y Secretaria; Que, para fi nes de inscripción del referido Comité en los Registros Públicos, es necesario subsanar dicha omisión; En aplicación de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo –MINCETUR y el Decreto Supremo N° 006-75-PM/INAP, modifi cado por Decreto Supremo N° 097-82-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 192-2009-MINCETUR/DM, en la parte referida a los servidores que ocupan los cargos de Presidente, Tesorera y Secretaria del CAFAE del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el período 2010- 2011; de acuerdo a los términos siguientes: Presidenta : Sra. Madeleine Rose María Burns Vidaurrázaga Directora Nacional de Artesanía Representante Titular del Pliego Tesorera : Sra. Maritza Iris Escudero Acero Sub Directora de Contabilidad de la Ofi cina de Administración Financiera (e) Secretaria : Sra. Miriam Sarella Caballero Caballero Directora de la Ofi cina de Personal (e) Artículo 2º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Ministerial N° 192-2009-MINCETUR/DM de fecha 28 de diciembre del 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 476806-1 Designan funcionarios responsables de entregar información y de actualizar el portal de internet de PROMPERÚ RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 034-2010-PROMPERU/SG Lima, 31 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, conforme a los artículos 5º y 8º de la referida norma es obligación de la Entidad identifi car y designar al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de dichas normas; asimismo, conforme al artículo 5º, es obligación de la entidad identifi car y designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de Internet; Que, resulta conveniente identifi car y designar a los referidos responsables conforme lo dispone el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29091, el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, el Decreto Supremo Nº 009-2007- MINCETUR y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2008-PROMPERU/PCD y la Resolución Suprema Nº 195-2007-MINCETUR-DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al Jefe de la Ofi cina de Administración y Finanzas o quien haga sus veces como funcionario responsable de entregar la información solicitada en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información o quien haga sus veces como funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de Internet de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, con arreglo a las consideraciones de la presente resolución. Artículo 3º.- Dejar sin efecto aquellas disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. PILAR PAJARES SAYAN Secretaria General 476891-1 DEFENSA Aprueban Directiva General Participación del Ministerio de Defensa en el Plan de Prevención por Sismos 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 327-2010/DE/SG Lima, 5 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Ley Nº 19338 creó el Sistema Nacional de Defensa Civil como parte integrante de la Defensa Nacional y que, asimismo, el artículo 15º de la Ley Nº 28478 – Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional establece que el Sistema Nacional de Defensa Civil forma parte del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional y tiene por fi nalidad proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, asegurando su rehabilitación, en caso de desastres, calamidades o confl ictos; Que, la Ley Nº 28101 Ley de Movilización Nacional, en su Artículo 1º establece que la Movilización Nacional, es un proceso permanente e integral planeado y dirigido por el Gobierno, consiste en adecuar el poder y potencial nacional a los requerimientos de la Defensa Nacional, a fi n de disponer y asignar oportunamente los recursos necesarios para afrontar situaciones de emergencia ocasionadas por confl ictos o desastres que atenten contra la Seguridad Nacional, cuando éstos superen las previsiones de personal, bienes y servicios, así como las posibilidades económicas y fi nancieras del Estado. Que, asimismo, el inciso 1. del Artículo 20º del Reglamento de la mencionada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-DE/SG, estipula que el Sistema Nacional de Defensa Civil, a través del Instituto Nacional de Defensa Civil, tiene como responsabilidad general conducir el proceso de la Movilización Propiamente Dicha y de la Desmovilización en situaciones de emergencia ocasionadas por desastre o calamidades de toda índole.