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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de abril de 2010 417041 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de siete (07) agencias, según se indica: 1. Primavera Monterrico, sito en: Av. Primavera N° 1746, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 11 de abril y el 25 de mayo de 2010. 2. Los Damascos, sito en: Lote 33, Mz. B, Av. La Molina cuadra 7 esquina con Los Damascos, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 11 de abril y el 25 de mayo de 2010. 3. Caquetá, sito en: Calle Tomás Moya N° 498, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 11 de abril y el 25 de mayo de 2010. 4. Fiori, sito en: Av. Tomás Valle y Panamericana Norte, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 11 de abril y el 25 de mayo de 2010. 5. Molicentro, sito en: Av. De la Universidad N° 202, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 11 de abril y el 25 de mayo de 2010. 6. Canto Grande, sito en: Av. Canto Grande N° 3592- 3594, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 11 de abril y el 25 de mayo de 2010. 7. Primax Los Castaños, Sito en: Av. Javier Prado Oeste N° 1895, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Fecha de cierre temporal: Entre el 01 de abril y el 30 de junio de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 478743-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aprueban propuesta de “Políticas para la Acción Birregional en Materia de Bosques Húmedos en cuencas compartidas Cajamarca - Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2010-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cado por la ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en el Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, prescribe que “los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Y son competentes para: “…6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional. 7. Promover y regular actividades y/ o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley…” - Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 6° prescribe: “El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y efi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades”. En el artículo 10°, numeral 1), literal i) establece que les corresponde como función exclusiva concretar acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental; - Que, con fecha 04 de octubre de 2007, los Presidentes Regionales de Cajamarca y Lambayeque suscribieron el “Acta de Lineamientos Vinculantes para el desarrollo Integral de la Región Cajamarca – Lambayeque, mediante la cual, ambos gobiernos regionales se comprometen a trabajar de manera conjunta para el desarrollo de temas relacionados con el manejo de cuencas, desarrollo agrícola y rural, complementariedad de proyectos de irrigación, generación eléctrica y electrifi cación, explotación minera y descentralización del Ministerio de Agricultura; - Que, sobre la base de lo expresado en líneas precedentes, el Gobierno Regional de Cajamarca, a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio ambiente, promovió encuentros de carácter técnico con su similar de la Región Lambayeque, buscando consensuar políticas de carácter birregional que contribuyan a la gestión sostenible de las cuencas compartidas por ambas regiones; - Que, como resultado del trabajo de los representantes técnicos de ambas regiones, a fi nes del 2008 quedó concluida la propuesta de “Políticas para la Acción Birregional en Materia de Bosques Húmedos en Cuencas compartidas Cajamarca – Lambayeque, la misma que al haber sido puesta a consideración del Directorio de Gerentes Regionales por parte de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, ésta ha logrado su aprobación con fecha 07 de setiembre del año 2009; tras lo cual, mediante ofi cio N° 1722-2009- GR.CAJ/GGR-SG, dicha propuesta ha sido elevada al consejo regional para su consolidación como Ordenanza Regional; - Que, mediante Dictamen Nº 001-2010-GR.CAJ-CR/ COAJ-COGAS, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Gestión Ambiental Sostenible, de fecha 02 de febrero del año 2010, emiten opinión favorable para aprobar la Propuesta de Ordenanza Regional presentada por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Lic. Sergio Sánchez Ibáñez referente a las Políticas Birregionales Cajamarca-Lambayeque; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 05 de marzo del año 2010; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el voto unánime el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR la propuesta de “Políticas para la Acción Birregional en Materia de bosques Húmedos en cuencas compartidas Cajamarca – Lambayeque”, la misma que estará sujeta a la disponibilidad presupuestal y a las gestiones que se realicen para su inclusión gradual en