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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (15/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de abril de 2010 417152 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, publicada el 24 de enero de 2002, se regulan las actividades de la minería artesanal dentro de un marco promotor, protector y de desarrollo de las mismas; Que, a través del Decreto Supremo Nº 051-2009-EM, se restituyó la vigencia del Decreto Supremo Nº 013-2002- EM, que reglamentó la Ley Nº 27651, la cual regula los requisitos, límites y procedimientos para obtener y renovar la califi cación de pequeño productor minero y productor minero artesanal, así como las causales de pérdida de dicha condición; regula las medidas de gestión ambiental, la fi scalización y sanción de la pequeña minería artesanal, entre otros conceptos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 206-2009- PCM, se constituyó un Grupo de Trabajo Multisectorial para elaborar propuestas a fi n de mejorar el desarrollo de las actividades de la minería artesanal en el marco de la legislación vigente, teniendo como resultado, entre otros, la recomendación para que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET), elaboren y aprueben el Plan de Desarrollo de la Minería Artesanal con el aporte de los sectores y organizaciones involucradas en la actividad minera; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 012-2010 se declaró de necesidad pública, interés nacional y de ejecución prioritaria el ordenamiento de la minería aurífera en el departamento de Madre de Dios, a fi n de garantizar la salud de la población, la seguridad de las personas, la recaudación tributaria, la conservación del patrimonio natural, y el desarrollo de actividades económicas sostenibles; Que, siendo esto así, mediante Decreto Supremo Nº 045-2010-PCM, de fecha 7 de abril de 2010, se constituyó una Comisión Técnica Multisectorial para la elaboración de la implementación del Plan Nacional para la Formalización de la Minería Artesanal, indicando que estará adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros y que tiene como objeto la formulación y seguimiento de la implementación de un Proyecto de Plan Nacional para la Formalización de la Minería Artesanal; Que, en el artículo 2º del precitado Decreto Supremo, se establece que la referida Comisión Técnica Multisectorial estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción; siendo además que, en el artículo 5º del mismo, se señala que las entidades del Poder Ejecutivo designarán, mediante Resolución del Titular del Pliego correspondiente, un representante titular y uno alterno; Que, teniendo en consideración la propuesta del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, corresponde emitir el acto de administración por el cual se designe a la señora Juana Rosa Ana Balcázar Suárez, Directora General de MYPE y Cooperativas y a la señora Rosa Luisa Marroquín García, profesional de la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de MYPE y Cooperativas, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Técnica Multisectorial para la elaboración de la implementación del Plan Nacional para la Formalización de la Minería Artesanal; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria así como de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora JUANA ROSA ANA BALCÁZAR SUÁREZ, Directora General de MYPE y Cooperativas del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y a la señora ROSA LUISA MARROQUÍN GARCÍA, profesional de la Dirección Mi Empresa de la Dirección General de MYPE y Cooperativas, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Técnica Multisectorial a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 045- 2010-PCM. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 480837-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 092-2010-PRODUCE Lima, 14 de abril de 2010 VISTOS: El Memorándum Nº 305-2010-PRODUCE/ DVMYPE-I, de fecha 12 de abril de 2010, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; así como el Informe Nº 048-2010-PRODUCE/OGAJ-imatias, de fecha 12 de abril de 2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 012-2010, publicado el 18 de febrero de 2010, se declaró de necesidad pública, interés nacional y de ejecución prioritaria el ordenamiento de la minería aurífera en el departamento de Madre de Dios, a fi n de garantizar la salud de la población, la seguridad de las personas, la recaudación tributaria, la conservación del patrimonio natural, y el desarrollo de actividades económicas sostenibles; Que, el precitado Decreto de Urgencia contempla una serie de situaciones, tales como el caso de las zonas de minería aurífera, de exclusión, apoyo técnico para la formalización de la pequeña minería artesanal en Madre de Dios, la recuperación de las zonas degradadas, derechos adquiridos, prohibiciones de uso de dragas y artefactos similares, sanciones y acciones de seguimiento y control; teniendo como resultado de su promulgación, diversas propuestas para su implementación, así como la formulación de observaciones acerca de su objeto y contenido; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 110-2010- PCM, de fecha 7 de abril de 2010, se creó una Comisión de Alto Nivel encargada de analizar la modifi cación o disposiciones que correspondan al Decreto de Urgencia Nº 012-2010; Que, el artículo 2º de la precitada Resolución Ministerial, establece que la Comisión de Alto Nivel antes aludida estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción; siendo que, en el artículo 3º de la misma, se señala que los representantes titulares y alternos de los sectores del Poder Ejecutivo serán designados mediante Resolución Ministerial del Titular del Pliego correspondiente; Que, teniendo en consideración la propuesta del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, corresponde emitir el acto de administración por el cual se designe al señor Ernesto López Mareovich, Director General de Industria y a la señora María Ysabel Valle Martínez, profesional de la Dirección General de Industria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión de Alto Nivel encargada de analizar la modifi cación o disposiciones que correspondan al Decreto de Urgencia Nº 012-2010; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria así como de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010- 2006-PRODUCE, y sus modifi catorias;