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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de abril de 2010 417166 1.4.2.3 1.4.2.3.1 De Otras Unidades de Gobiernos De Otras Unidades de Gobiernos 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 121 500,00 ========== TOTAL INGRESOS 121 500,00 ========== EGRESOS En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 : Programa Agua Para Todos FUNCION 18 : Salud y Saneamiento PROGRAMA 016 : Gestión de Riesgos y Emergencias SUBPROGRAMA 0035 : Prevención de Desastres ACTIVIDAD 1.029434 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción Fuente de Financiamiento 5: Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 121 500,00 ========== TOTAL EGRESOS 121 500,00 ========== Artículo 2º.- Codifi cación La Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3°.- Notas para Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento instruirá a la Unidad Ejecutora 004 Programa Agua Para Todos, para que elabore la(s) correspondiente(s) “Nota(s) de Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el artículo 23 numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 481165-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban Cronograma de Vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros correspondiente al Ejercicio 2009 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 114-2010/SUNAT Lima, 14 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 024-2002/SUNAT y normas modifi catorias se aprobó el Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT); Que conforme a lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15º del referido Reglamento, la DAOT o el formato denominado “Constancia de no tener información a declarar” deberá ser presentado de acuerdo al cronograma de vencimientos que se publique para cada Ejercicio; Que de otro lado, el artículo 3º del citado Reglamento establece que, entre otros, se encuentran obligados a presentar la DAOT los sujetos obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del Impuesto General a la Ventas (IGV) durante el ejercicio; Que se considera conveniente disponer que los sujetos a que se refi ere el considerando anterior estarán obligados a presentar la DAOT por el ejercicio 2009, en tanto sus ventas internas o sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción superen un determinado monto; Que resulta necesario aprobar el cronograma de vencimientos para la presentación de la DAOT correspondiente al ejercicio 2009; En uso de las facultades conferidas por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO Apruébase el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros o la “Constancia de no tener información a declarar”, correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo a las fechas señaladas a continuación: Último dígito del número del Registro Único de Contribuyentes Vencimiento 3 27.04.2010 4 28.04.2010 5 29.04.2010 6 30.04.2010 7 03.05.2010 8 04.05.2010 9 05.05.2010 0 06.05.2010 1 07.05.2010 2 10.05.2010 Buenos Contribuyentes 11.05.2010 Artículo 2º.- DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2009 Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, están obligados a presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2009 siempre que en dicho Ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones: a. El monto de sus ventas internas haya sido superior a S/. 240,000.00 (doscientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles). Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual Nº 621, en la casilla Nº 100 del Formulario Virtual Nº 621 Simplifi cado IGV – Renta Mensual, en la casilla Nº 100 del Formulario Nº 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 100 y 105 del Formulario Nº 118 – Régimen Especial de Renta. b. El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a S/.