Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2010 (15/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2010

del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9°.- LINEA AEREA CARGUERA DE COLOMBIA S.A. debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- LINEA AEREA CARGUERA DE COLOMBIA S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11°.- LINEA AEREA CARGUERA DE COLOMBIA S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a LINEA AEREA CARGUERA DE COLOMBIA S.A., queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Colombia no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese.

la Modificacion de su respectivo Permiso de Operacion, en el sentido de incrementar material aeronautico; Que, segun los terminos del Memorando Nº 004-2010MTC/12, Memorando Nº 077-2010-MTC/12.04 e Informe Nº 007-2010-MTC/12.07.LIC se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO, la Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Nacional No Regular de pasajeros, carga y correo, a fin de incrementar material aeronautico a los ya autorizados a traves de la Resolucion Directoral Nº 149-2008-MTC/12 del 21 de agosto del 2008, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONAUTICO: autorizados) - Eurocopter AS 350 (ademas de los

Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 149-2008-MTC/12 del 21 de agosto del 2008 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 464661-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 470823-1

Otorgan modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial a Helicopteros del MORDAZA S.A. Helicusco, a fin de incrementar material aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 057-2010-MTC/12 MORDAZA, 2 de marzo del 2010 Vista la solicitud de la compania HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO, sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Nacional No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 149-2008-MTC/12 del 21 de agosto del 2008 se otorgo a la Compania HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO Permiso de Operacion de Aviacion Comercial ­ Transporte Aereo Nacional No Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 26 de setiembre del 2008; Que, mediante Documento de Registro Nº 2009044708 del 29 de diciembre del 2009 la Compania HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO, solicito

Declaran que mediante concurso publico se otorgaran autorizaciones para prestacion del servicio de radiodifusion por television en VHF en la localidad de Calca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0902-2010-MTC/28 MORDAZA, 16 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, mediante Informe Nº 1242-2010-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusion por television en VHF en la localidad de CALCA del departamento de MORDAZA, el numero de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico;

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