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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de abril de 2010 417422 SALUD Aceptan renuncia de Subdirector General del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 304-2010/MINSA Lima, 19 de abril del 2010 Vista la renuncia presentada por el médico cirujano Arturo Garate Salazar, al cargo de Subdirector General del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 608-2009/ MINSA del 9 de setiembre de 2009, se designó al médico cirujano Arturo Garate Salazar, en el cargo de Subdirector General del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el profesional antes citado a su designación como Subdirector General del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Arturo Garate Salazar, al cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 483012-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Crean el Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2010-MTC Lima, 19 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 4 de la Ley No. 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dicha entidad es competente de manera exclusiva, en materia de infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional; asimismo, el numeral 3 del artículo 7 de la citada norma, señala que dicha entidad tiene entre sus funciones específi cas de competencias compartidas la de planear, regular, gestionar, ejecutar, supervisar y evaluar la infraestructura vial, ferroviaria, aeroportuaria, portuaria y vías navegables, en el ámbito de su competencia; Que, el Decreto Legislativo No. 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público - Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada, establece los principios, procesos y atribuciones del Sector Público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con participación del sector privado, así como establecer el marco general aplicable a las iniciativas privadas; Que, de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo, en el caso del Gobierno Nacional, entre los Organismos Promotores de la Inversión Privada se encuentran los Ministerios a través de los Comités de Inversión que se conformen; señalando además en el segundo párrafo del numeral 9.7 del artículo 9, que la designación de dichos Comités por los Ministerios, se efectuará mediante Resolución Suprema, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido, es necesario crear en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Comité de Inversión en Materia Portuaria, a fi n de que realice las funciones que corresponden a su competencia, respecto a la promoción de la inversión privada en los terminales portuarios administrados por la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., en el marco de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional aprobado por Decreto Supremo No. 003-2004-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nos. 019 y 020-2010-MTC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo No. 1012; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su objeto Crear en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Comité de Inversión en Materia Portuaria, a fi n de que realice las funciones que corresponden a su competencia, respecto a la promoción de la inversión privada en los terminales portuarios administrados por la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., en el marco de lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional aprobado por Decreto Supremo No. 003-2004-MTC, modifi cado por los Decretos Supremos Nos. 019 y 020-2010-MTC. Artículo 2.- Conformación del Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones El Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones estará conformado de la siguiente manera: - El Viceministro de Transportes, quien lo presidirá. - Un representante del Despacho Ministerial, que será designado mediante Resolución Ministerial. - El Director General de Transporte Acuático, quien ejercerá la Secretaría Técnica. Artículo 3.- Instalación del Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones El Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones deberá instalarse en un plazo que no excederá los diez (10) días hábiles posteriores a la publicación del presente dispositivo. Artículo 4.- Funciones del Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones El Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ejercerá las funciones establecidas en el Decreto Legislativo No. 1012 y sus normas complementarias. Artículo 5.- Apoyo al Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones El Comité de Inversión en Materia Portuaria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, podrá