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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de abril de 2010 417413 Nº ORGANISMO PÚBLICO SIGLAS TIPO 13 Escuela Nacional de Marina Mercante ENAMM Ejecutor 14 Fondo de Desarrollo Pesquero FONDEPES Ejecutor 15 Instituto Geofísico del Perú IGP Ejecutor 16 Instituto Geográfi co Nacional IGN Ejecutor 17 Instituto Nacional de Cultura INC Ejecutor 18 Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI Ejecutor 19 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas INEN Ejecutor 20 Instituto Nacional de Innovación Agraria INIA Ejecutor 21 Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú IRTP Ejecutor 22 Instituto Nacional de Salud INS Ejecutor 23 Instituto Nacional Penitenciario INPE Ejecutor 24 Instituto Peruano de Energía Nuclear IPEN Ejecutor 25 Instituto Peruano del Deporte IPD Ejecutor 26 Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI Ejecutor 27 Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR Ejecutor 28 Seguro Integral de Salud SIS Ejecutor 29 Servicio Aerofotográfi co Nacional SAN Ejecutor 30 Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú SENAMHI Ejecutor 31 Sierra Exportadora SE Ejecutor 32 Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN Ejecutor 33 Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT Ejecutor 34 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN Ejecutor 35 Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público OSITRAN Regulador 36 Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería OSINERGMIN Regulador 37 Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL Regulador 38 Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento SUNASS Regulador 39 Autoridad Nacional del Agua ANA Técnico Especializado 40 Autoridad Portuaria Nacional APN Técnico Especializado 41 Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR Técnico Especializado 42 Centro de Formación y Turismo CENFOTUR Técnico Especializado 43 Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN Técnico Especializado 44 Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores CONASEV Técnico Especializado 45 Comisión de Promoción del Perú para las Exportaciones y el Turismo PROMPERU Técnico Especializado 46 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC Técnico Especializado 47 Consejo Superior del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa COSUSINEACE Técnico Especializado 48 Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana IIAP Técnico Especializado 49 Instituto del Mar del Perú IMARPE Técnico Especializado 50 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico INGEMMET Técnico Especializado 51 Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual INDECOPI Técnico Especializado 52 Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano INDEPA Técnico Especializado 53 Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI Técnico Especializado 54 Instituto Tecnológico Pesquero ITP Técnico Especializado 55 Ofi cina de Normalización Previsional ONP Técnico Especializado 56 Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA Técnico Especializado 57 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE Técnico Especializado 58 Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA Técnico Especializado 59 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas SERNANP Técnico Especializado 60 Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud SEPS Técnico Especializado 61 Superintendencia Nacional de Registros Públicos SUNARP Técnico Especializado 483090-1 Convocan a elecciones de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 207-2010-PCM/SD Lima, 12 de abril de 2010 VISTOS: El Acta de Sesión N° 01 del Comité Electoral del Proceso de Elección de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental, de fecha 08 de abril de 2010; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 079-2009- PCM, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental, en cuyo artículo 5°, inciso a), se establece que la Secretaría de Descentralización, pudiendo contar para el efecto con el apoyo y asistencia técnica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, a través de un Comité Electoral, estará a cargo del planeamiento, organización, y ejecución del proceso de elección de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental a que se refi eren los incisos c) y d) del numeral 4.3. del artículo 4° del mencionado reglamento; Que por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 052-2010-PCM/SD, publicada el 07 de abril de 2010, se constituyó el mencionado Comité Electoral, y se aprobó el “Reglamento de Elecciones de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinación Intergubernamental”; Que en concordancia con el inciso g) del artículo 5° del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental, el numeral 8.2. del acápite VIII) del referido Reglamento de Elecciones señala que la convocatoria es aprobada por el Comité Electoral y es remitida a la Secretaría de Descentralización a fi n que se publique a través de Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, por una (01) sola vez, así como en página web de la Presidencia del Consejo de Ministros, y asimismo, establece que la Secretaría de Descentralización, además difundirá la convocatoria a través de otros medios acorde a los recursos disponibles, tales como el Portal del Estado Peruano y también solicitará su difusión a través de los portales web de los Ministerios y de los Gobiernos Regionales así como por medio de las asociaciones de municipalidades; Que en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental, el numeral 8.3. del mencionado Reglamento de Elecciones establece que a efecto de la convocatoria se debe observar que la publicación de la misma y de los resultados, se deberá realizar para el caso del primer proceso electoral, dentro de los cien (100) primeros días calendario siguientes a la publicación de la Resolución de Secretaría de Descentralización que aprueba el referido Reglamento de Elecciones; Que el numeral 8.4. del mencionado Reglamento de Elecciones señala que la convocatoria debe contener el cronograma electoral, y las fechas de cierre y publicación de los padrones electorales; Que, en el marco de la normativa citada y de las demás disposiciones del referido Reglamento de Elecciones, el Comité Electoral, con la presencia en calidad de invitados del Sr. Piero Corvetto Salinas-Sub Gerente de Asistencia Técnica de la Gerencia de Gestión Electoral de la ONPE y del Sr. Jorge Antonio Jáuregui Mendieta-Especialista en Participación Ciudadana de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, ha aprobado, conforme consta del acta de vistos, la convocatoria del primer proceso de elección, para cuya realización, el Comité Electoral, en aplicación del inciso e) in fi ne del artículo 5º del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental, aprobado por Decreto Supremo N° 079-2009-PCM, ha acordado habilitar el mecanismo de votación por medio físico con cédula impresa a desarrollarse conforme a lo indicado en el artículo 2° de la presente resolución, en razón de lo solicitado por el Ofi cio N° 061-2010-GIEE/ONPE, que propone reconsiderar la modalidad de votación por las difi cultades para aplicar voto electrónico en mayo del presente año, así como de lo expuesto por el representante de la ONPE en la sesión del Comité, referido a que la votación por medio físico con cédula impresa es un mecanismo que podrá