Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (20/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de abril de 2010 417417 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 236-2010-ANA Mediante Carta Nº 315-2010-ANA-OA-ULCP/03755, el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 236-2010-ANA, publicada en la edición del día 14 de abril de 2010. DICE: SE RESUELVE: Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha al Abogado HENRY JUAN CORREA GONZALES, las funciones de Auxiliar Coactivo de la Autoridad Nacional del Agua. DEBE DECIR: Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha al Abogado HENRRY JUAN CORREA GONZALES, las funciones de Auxiliar Coactivo de la Autoridad Nacional del Agua. 482630-1 EDUCACION Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29366 DECRETO SUPREMO Nº 007-2010-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29366, Ley que dispone el acceso gratuito el primer domingo de cada mes de los estudiantes de nivel inicial, primaria, secundaria, educación superior universitaria y no universitaria a los monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos abiertos al público, que sean administrados por el Estado en el ámbito nacional; Que, la Única Disposición Complementaria de la mencionada Ley, prescribe que el Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de su publicación; Que, en tal sentido, el Instituto Nacional de Cultura elaboró el Reglamento de la citada Ley Nº 29366; Que, en ese sentido, es necesario aprobar el Reglamento de la Ley Nº 29366, Ley que dispone el acceso gratuito el primer domingo de cada mes de los estudiantes de nivel inicial, primaria, secundaria, educación superior universitaria y no universitaria a los monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos abiertos al público, que sean administrados por el Estado en el ámbito nacional; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 3) del artículo 11º de la Ley Nº 29158; DECRETA: Artículo 1º.- De la Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 29366, Ley que dispone el acceso gratuito el primer domingo de cada mes de los estudiantes de nivel inicial, primaria, secundaria, educación superior universitaria y no universitaria a los monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos abiertos al público, que sean administrados por el Estado en el ámbito nacional, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la Publicación El Reglamento aprobado en el artículo 1º será publicado en el portal electrónico del Ministerio de Educación, www. minedu.gob.pe, en la misma fecha de la publicación ofi cial del presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 483090-2 Autorizan salida temporal de bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación para su exhibición en la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2010-ED Lima, 19 de abril de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 401-2010-DN/INC cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO Que, mediante Expediente Nº 009795-2010/INC, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, señor Javier Eduardo León Olavarría, solicitó autorización para la salida temporal del país de siete (7) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, de su propiedad, por cuanto mediante Resolución Suprema Nº 052-2010-RE de fecha 11 de febrero de 2010, ha sido nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador; Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita se encuentran cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo” desde su lugar original hasta su destino fi nal, en mérito a la Póliza de Seguros Nº 4495425, emitida por Pacífi co-Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, póliza con vigencia desde el 26 de abril de 2010 hasta el 15 de mayo de 2010; Que, el Artículo 34º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refi ere la presente resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158; el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510; y la Ley Nº 28296; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, a partir del 26 de abril de 2010 y por el plazo que dure la permanencia en el exterior como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador del Embajador en el Servicio Diplomático de la República señor Javier Eduardo León Olavarría, la salida temporal del país de siete (7) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, detallados en el anexo adjunto a la presente Resolución, a la ciudad de Quito, República del Ecuador. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verifi car las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se refi ere la presente Resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno. Artículo 3º.- El Embajador en el Servicio Diplomático de la República, señor Javier Eduardo León Olavarría,